Congreso propone que bancos y otras entidades no pueden llamar a clientes para cobrar una deuda antes de su vencimiento

La medida fue presentada por Katy Ugarte, de la bancada del Bloque Magisterial. Esta propuesta no aplica cuando el cliente haya dado su concentimiento

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persona con telefono en mano en el Centro de Lima
El nuevo reglamento de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, pondrá fin a las llamadas spam. Revisa lo que debes hacer para librarte de ellas. - Crédito Andina

La congresista katy Ugarte, de la bancada del Bloque Magisterial, ha presentado un proyecto de ley para prohibir las llamadas de recordatorio de pago antes de que la deuda venza, salvo el cliente haya dado su consentimiento expreso.

De cuerdo con el documento, se busca proteger los derechos de los consumidores, evitando “prácticas abusivas y hostigadoras” por parte de compañías. Así, menciona, también se evitará que se afecte la tranquilidad y vida personal de las personas.

La medida consiste en que ya no se podrá enviar documentos que simulen notificaciones judiciales, realizar llamadas fuera del horario de 7:00 a 20:00 horas, o contactar a terceros sobre deudas sin autorización judicial.

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Para ello, se propone modificar el artículo 62 del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N.º 29571) para incluir esta medida.

Operadora haciendo llamada a consumidor
Las llamadas spam siguen "acosando" a miles de consumidores en Perú. La medida del Gobierno para acabar con ellas entra en vigencia para el 31 de marzo. - Crédito Andina

<b>Llamas las realizan sistemas robóticos</b>

El proyecto de ley surge en respuesta a las crecientes quejas de consumidores que reciben insistentes llamadas de empresas, incluso días antes de que sus deudas venzan.

Según el documento, estas comunicaciones, a menudo realizadas por sistemas robóticos o call centers, perturban la vida personal y profesional de los usuarios. “La finalidad es evitar prácticas abusivas y hostigadoras que afecten la tranquilidad de los consumidores”, señala el texto.

La iniciativa se fundamenta en el artículo 65 de la Constitución Política del Perú, que obliga al Estado a proteger los intereses de los consumidores, y en el artículo VI del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que promueve normativas actualizadas para garantizar la seguridad y salud de los usuarios.

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Además, sostiene que se alinea con el Acuerdo Nacional, específicamente con las políticas de equidad, justicia social y competitividad, al buscar una economía social de mercado que respete los derechos ciudadanos.

mano con llamada no identificada
La nueva ley contra llamadas spam no solo las prohíbe si la empresa no ha recibido consentimiento del usuario, también se implementaría un código para reconocerlas. - Crédito Difusión

El antecedente del proyecto: el BBVA

El antecedente directo de esta iniciativa de Ugarte se encuentra en Cusco, donde un cliente relató que las insistentes llamadas de cobranza por parte del BBVA interfirieron en sus actividades empresariales, laborales, familiares y personales.

A pesar de que el usuario no presentaba retrasos en el pago de su préstamo de 15 mil 400 soles, la entidad bancaria realizó múltiples comunicaciones telefónicas antes de la fecha de vencimiento de las cuotas, lo que motivó una investigación por parte del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

Como resultado, la Comisión de la Oficina Regional de la institución, en Cusco, confirmó en segunda y última instancia administrativa una sanción contra el Banco BBVA Perú por un monto de 7,50 UIT (S/40.125) debido a prácticas abusivas de cobranza y por no atender un requerimiento de información solicitado por el consumidor.

oficina de BBVA
El BBVA llamó reiteradamente a cliente en Cusco para que pague su préstamo cuando ni si quiera había pasado la fecha de vencimiento de la cuota. - Crédito Andina/Carla Patiño

La investigación determinó que se incurrió en una infracción al artículo 62° del Código de Protección y Defensa del Consumidor al realizar reiteradas llamadas de cobranza antes del vencimiento de las cuotas, sin que existiera mora alguna.

El cliente, al notar la frecuencia de estas comunicaciones, solicitó formalmente al banco que cesara las llamadas y, además, pidió información detallada sobre la cantidad de veces que la entidad o terceros lo habían contactado con fines de cobranza.

Pese a que se comprometieron a detener las llamadas, estas continuaron, y tampoco se entregó la información solicitada, lo que, según el organismo regulador, vulneró los artículos 1.1 literal b) y 2 del mismo código.

La resolución incluyó una medida correctiva que obliga al banco a abstenerse de realizar llamadas telefónicas de recordatorio de pago antes del vencimiento de las cuotas al cliente afectado, a partir del día siguiente de la notificación de la resolución. Además, el BBVA deberá responder al requerimiento de información presentado por el consumidor en un plazo máximo de 15 días hábiles.

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