
El incumplimiento de las obligaciones laborales relacionadas con el feriado del 1 de mayo, Día del Trabajo, puede acarrear multas de hasta S/281,035.50, según lo estipulado en la normativa vigente.
Este feriado, reconocido como descanso obligatorio para todos los trabajadores del sector público y privado en Perú, está regulado por el Decreto Legislativo 713.
De acuerdo con Editorial Economía y Finanzas (EEF), las empresas deben garantizar el pago correspondiente a los trabajadores, incluso si estos no prestan servicios durante esa jornada.
Día del Trabajo: multas superan los S/281.000
El abogado David Corthorn, representante de EEF, explicó que los trabajadores tienen derecho a percibir su remuneración diaria por el feriado, equivalente a su salario habitual. Por ejemplo, si un empleado gana S/100 diarios, recibirá ese monto por el descanso.
Sin embargo, si el empleador no cumple con esta disposición, se considera una infracción muy grave en materia de relaciones laborales, lo que puede derivar en sanciones económicas significativas.
Las multas varían según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados, comenzando en S/1.230,50 para microempresas y alcanzando el máximo de S/281.035,50 para empresas más grandes.

Empresarios: no olviden distinguir entre los descansos este 1 de mayo
En caso de que un trabajador labore el 1 de mayo, el empleador debe distinguir entre dos escenarios. Si el descanso semanal obligatorio no coincide con el feriado, el pago dependerá de si se otorga un descanso sustitutorio. En ese caso, el empleado recibirá su salario diario más el pago correspondiente al día de descanso compensatorio.
Si no se otorga dicho descanso, el trabajador deberá recibir el triple de su remuneración diaria: el pago por el feriado más un recargo del 100% por la labor efectuada. Por otro lado, si el descanso semanal coincide con el feriado, el pago será de S/200 si el trabajador no labora, y de S/400 si presta servicios sin descanso sustitutorio.
¿Y se puede sustitur con un día de descanso?
Corthorn destacó que el empleador y el trabajador pueden acordar un descanso sustitutorio para compensar la labor realizada en el feriado, lo que elimina el recargo del 100% y reduce el pago final. Aunque la normativa no exige que este acuerdo sea formalizado por escrito, el abogado recomendó documentarlo para evitar posibles conflictos o interpretaciones desfavorables en el futuro.
¿Pero, se puede obligar a trabajar el 1 de mayo? Respecto a la potestad del empleador para requerir trabajo en feriados, el artículo 9 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL) permite introducir cambios en los turnos, días u horas de trabajo, siempre que se respeten criterios de razonabilidad y las necesidades del centro laboral. Sin embargo, cualquier modificación debe ser comunicada de manera clara y oportuna a los trabajadores.

El largo brazo de Sunafil en el Día del Trabajo
El incumplimiento de estas disposiciones no solo expone a las empresas a sanciones económicas, sino que también puede activar inspecciones por parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Estas inspecciones pueden derivarse de denuncias individuales de trabajadores o de fiscalizaciones programadas, especialmente en sectores donde el trabajo en feriados es más común.
Para evitar contingencias, Corthorn sugirió a los empleadores planificar con antelación los esquemas de trabajo para el feriado, calcular correctamente los pagos correspondientes, formalizar acuerdos sobre descansos sustitutorios y monitorear internamente el cumplimiento de estas obligaciones. Además, recomendó informar a los trabajadores sobre sus derechos al descanso o al pago adicional, con el objetivo de prevenir denuncias o conflictos laborales.
¿Y qué pasará el viernes 2 de mayo?
En relación con el viernes 2 de mayo, el abogado recordó que este día será considerado no laborable para los trabajadores del sector público, según el Decreto Supremo 042-2025-PCM. Las horas no trabajadas deberán ser recuperadas en los 10 días posteriores o en la fecha que determine cada entidad. En el sector privado, la aplicación de esta medida será voluntaria y dependerá de un acuerdo entre empleador y trabajador.
Editorial Economía y Finanzas (EEF), especializada en análisis normativo y publicaciones legales, destacó la importancia de cumplir con las disposiciones laborales para evitar sanciones y conflictos. La firma, que trabaja con entidades como SUNAT, el Poder Judicial y diversas universidades, subrayó que el conocimiento y la correcta aplicación de la normativa son esenciales para garantizar relaciones laborales justas y evitar problemas legales.
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