El Poder Judicial dictó una sentencia de 12 años de prisión efectiva contra M.R.C., quien fue hallada culpable del delito de lesiones graves por violencia contra integrantes del grupo familiar, tras amputar el miembro viril de su pareja en Cajamarca.
El hecho tuvo lugar en la madrugada del 9 de febrero de 2024. Según la investigación, la víctima, un biólogo, dormía luego de haber consumido alcohol cuando M.R.C. inspeccionó su teléfono celular y descubrió mensajes de otra persona. Cortó su buzo y, utilizando un bisturí, amputó su órgano sexual.
El hombre fue trasladado de emergencia al Hospital José Soto Cadenillas de Chota, donde recibió los primeros auxilios. Debido a la gravedad del caso y la falta de especialistas, fue derivado al Hospital Almanzor Aguinaga Asenjo, en Lambayeque.
La víctima, quien tiene cinco hijos —tres de ellos con la agresora—, fue ingresada en el área de urología con pronóstico reservado, además de requerir atención psicológica. Inicialmente, M.R.C. sostuvo que el hombre se había autolesionado.

El comandante Hugo Cieza, de la comisaría sectorial, informó que dos personas fueron detenidas en flagrancia. Posteriormente, ambas fueron pasadas a calidad de citadas, ya que contaban con arraigo laboral y domiciliario.
De acuerdo con el jefe policial, la acusada trasladó a su pareja al hospital y afirmó que la lesión había sido autoinfligida. Sin embargo, durante la diligencia policial y tras entrevistar al agraviado, se confirmó que había sido ella quien cometió el acto.
La fiscal provincial Darinka Lossio, del primer despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chota, presentó pruebas contundentes durante el juicio oral que demostraron la responsabilidad de M.R.C.
El Juzgado Penal Colegiado de Cajamarca, además de imponer la pena privativa de libertad, ordenó el pago de más de medio millón de soles como reparación civil a favor de la víctima, según la resolución difundida este miércoles por el portal especializado LP - Pasión por el Derecho.

El delito de lesiones graves por violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar está tipificado en el artículo 121-B del Código Penal y sanciona actos de violencia que ocasionan daños físicos severos a miembros del grupo familiar, como cónyuges, convivientes y parientes cercanos.
La legislación contempla agravantes, tales como el estado de embarazo de la víctima, el uso de armas o instrumentos peligrosos, o el aprovechamiento de relaciones de dependencia. Asimismo, actuar bajo los efectos del alcohol o drogas puede incrementar la pena. Las sanciones habituales oscilan entre 6 y 12 años de prisión, pero pueden alcanzar hasta 20 años si la violencia resulta en la muerte o si existen agravantes significativas.
Caso similar
En 2019, una mujer amputó parte del miembro viril de su pareja en un hostal del distrito limeño de Villa El Salvador. La víctima fue trasladada al Hospital María Auxiliadora para recibir atención médica, mientras que la agresora fue detenida y llevada a la sede de la Dirección de Investigación Criminal (DIRINCRI).
De acuerdo con el administrador del hostal, la pareja ingresó al establecimiento a las 02:30 de la madrugada y, horas después, el hombre salió apresuradamente, seguido por la mujer. Ambos abordaron un vehículo y se retiraron del lugar. Más tarde, agentes policiales llegaron en compañía de la detenida, quien indicó la habitación donde ocurrió el ataque. En el lugar, se encontraron manchas de sangre en las sábanas y las paredes.
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