
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) publicó el pasado 26 de diciembre de 2024 en el diario oficial El Peruano la resolución de superintendencia 092-2024-SUNEDU, aprobando la ‘Directiva para el registro de la modificación de la oferta académica de universidades y escuelas de posgrado’. Sin embargo, esta medida ha despertado fuertes cuestionamientos debido a su proceso de aprobación, su contenido, y los riesgos legales y reputacionales que podría generar para la institución encargada de garantizar la calidad del sistema universitario peruano.
A pesar de haber sido objeto de análisis técnico en el Consejo Directivo de la Sunedu, la versión final de la directiva no pasó por votación de este órgano colegiado, siendo emitida únicamente como norma administrativa. Este hecho marca un precedente preocupante, ya que la norma establece procedimientos específicos que afectan directamente a las universidades, lo que ameritaba una mayor legitimidad en su aprobación.
“Siempre estaremos de acuerdo en la vigilancia de la calidad. Pero no cambiando las reglas a la medida. No disfrazas de registro lo que en realidad es una supervisión. Con esto, Sunedu afecta la seguridad jurídica universitaria haciendo retroactiva una medida que no tiene asidero legal ni sustento para el cálculo de una tasa exorbitante. Los más perjudicados: la universidad pública. Derivar ese presupuesto a la creación de nuevos programas desvía recursos que deberían ir a la mejora continua de la calidad”, comentó José Luis Gargurevich, ex viceministro del Minedu.
El consejero José Pereyra, representante de las universidades privadas, emitió un voto en discordia señalando que la directiva contraviene el marco legal vigente, genera incertidumbre para las universidades, carece de sustento técnico sólido en el cálculo de costos, y representa un alto riesgo de contingencias legales para la Sunedu. Además, advirtió que este tipo de medidas podría deteriorar la imagen y legitimidad de la superintendencia.

La nueva directiva de la Sunedu ha generado serias críticas por su impacto negativo en las universidades y estudiantes. El procedimiento propuesto para registrar cambios en la oferta académica parece una autorización previa, algo eliminado por las leyes vigentes desde 2022, que priorizan supervisar después y no antes de los cambios. Esto contradice el marco legal y complica la creación de nuevos programas.
Además, incluir este procedimiento en el TUPA de la Sunedu podría ser considerado una barrera burocrática por Indecopi, al imponer restricciones sin sustento legal claro. Esto afectaría especialmente a las universidades públicas, que ya enfrentan dificultades económicas para ampliar su oferta y atender a estudiantes de menores recursos. Asimismo, otro problema grave es que la directiva no soluciona la falta de información sobre el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) en los programas creados desde 2022. En vez de implementar herramientas efectivas como auditorías o plataformas de seguimiento, la medida solo suma más trámites sin beneficios claros.

“La directiva de la Sunedu exige una evaluación previa de las CBC para cualquier cambio de nombre, modalidad o registro de un nuevo programa, sin contar con marco regulatorio, además de imponer un costo de S/ 21 mil por cada modificación, que no tiene sin una justificación tarifaria clara. Considerando que las universidades deben cumplir las CBC, la ley indica que la Sunedu debe garantizar este cumplimiento mediante supervisión posterior. Sin embargo, la Sunedu ha optado por actuar fuera de la ley y establecer barreras burocráticas injustificadas”, afirmó Paul Neira, experto en política educativa.
La aprobación de esta norma sin consenso y con dudas legales pone en cuestionamiento el rol de la Sunedu en garantizar educación de calidad. Es fundamental exponer estas acciones para evitar retrocesos en el sistema educativo.
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