
Diciembre es uno de los dos meses del año donde los trabajadores del régimen laboral privado reciben un pago extra de su sueldo mensual. Se trata de la gratificación por Navidad. El monto, de acuerdo a su remuneración, tiene un plazo máximo de ser depositado hasta el 15 de diciembre.
Sin embargo, no todos los colaboradores perciben este pago extra, por lo que debes tener en cuenta cuáles son los requisitos. Además, si existe algún descuento respecto a este nuevo ingreso al hogar.

¿Cuáles son los requisitos para recibir mi gratificación?
Los trabajadores tienen derecho a recibir una gratificación siempre que cumplan con ciertas condiciones, según la normativa vigente. Este beneficio se otorga a aquellos empleados que estén activos en su puesto de trabajo en el momento en que corresponde el pago.
Además, también pueden acceder a este derecho quienes se encuentren disfrutando de su descanso vacacional o de una licencia con goce de remuneraciones, así como aquellos que estén percibiendo subsidios de la seguridad social o por accidentes de trabajo.

¿Cómo calculo mi gratificación?
El monto de la gratificación depende directamente del tiempo de servicio prestado. Si un empleado ha trabajado durante todo el semestre, la gratificación equivale a una remuneración íntegra. Sin embargo, si el tiempo de servicio es menor, el monto se ajusta proporcionalmente.
La proporcionalidad en el cálculo de estas gratificaciones asegura que los trabajadores reciban un beneficio acorde al tiempo que han dedicado a sus labores durante el semestre.
El cálculo de las gratificaciones ordinarias se realiza considerando el tiempo efectivo de trabajo, lo que implica que cualquier interrupción en el servicio, como licencias no remuneradas, puede afectar el monto final. Además, los afiliados a EsSalud percibirán un sueldo íntegro más un monto equivalente al 9% de la gratificación.
El abogado Julio Villalobos del estudio Miranda & Amado precisó a Andina que no será considerado si en el mes no se trabajó en su totalidad.
¿Cuándo deben depositar la gratificación?
Las empresas tienen que realizar el pago hasta el día 15 de diciembre como máximo. Este año, este día será domingo, por lo que el depósito se deberá visualizar en los estados de cuentas hasta el viernes 13 o incluso el sábado 14 de diciembre.
La Cámara de Comercio de Lima, a través de su Centro Legal, ha enfatizado la necesidad de que las empresas estén al tanto de estas obligaciones para evitar sanciones y asegurar el bienestar de sus empleados.
Según la normativa vigente, los locadores de servicios, quienes trabajan bajo un contrato de prestación de servicios, no tienen vínculo laboral directo con la empresa, por lo que no reciben este beneficio.
Por otro lado, los jóvenes que se encuentran como practicantes tampoco son considerados según la norma vigente.
¿Qué hago si no me deposita mi empresa?
Si tu empresa no te deposita la gratificación en la fecha límite establecida por ley (mediados de diciembre), puedes tomar las siguientes acciones:
Comunicación directa con la empresa: En primer lugar, intenta dialogar con el área de recursos humanos o contabilidad para averiguar el motivo del retraso y cuándo se realizará el depósito.
Si el diálogo no resulta o no recibes una respuesta satisfactoria, puedes presentar una denuncia ante SUNAFIL. Puedes hacerlo de forma virtual o de manera presencial en sus oficinas.
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