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Subcomisión del Congreso admite denuncias constitucionales contra actuales miembros de Junta Nacional de Justicia

De acuerdo a la aucsación de Patricia Chirinos, de Avanza País, y Jorge Montoya, de Honor y Democracia, se habría incumplido con presentar los informes anuales de gestión de la JNJ de los años 2020, 2021 y 2022 y su posterior sustentación ante el Pleno del Parlamento

Congreso de la República ya tendría más de los 66 votos mínimos para remover e inhabilitar a los miembros de la JNJ. Composición Infobae.
Congreso de la República ya tendría más de los 66 votos mínimos para remover e inhabilitar a los miembros de la JNJ. Composición Infobae.
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La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso aprobó por mayoría el informe que admite a trámite las denuncias 388 y 473 contra los actuales miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). La votación tuvo como resultado, 15 votos a favor, 1 en contra y 4 abstenciones.

A los siete magistrados se les acusa de presuntamente haber infringido los artículos 38, 39 y 154 de la Constitución Política del Perú, además de supuestamente haber cometido el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificado en el artículo. 377 del Código Penal.

Los denunciados son: Imelda Julia Tumialán Pinto, Aldo Alejandro Vásquez Ríos, Antonio Humberto De La Haza Barrantes, María Amabilia Zavala Valladares, Luz Inés Tello Valcárcel de Ñecco y Guillermo Santiago Thomberry Villarán. También se incluyó a Henry José Ávila Herrera, a pesar de que renunció al cargo en febrero de este año.

Congreso
- crédito composición Infobae Perú / Andina

Patricia Chirinos, de Avanza País, y Jorge Montoya, de Honor y Democracia, presentaron las acusaciones con base en que se habría incumplido con presentar los informes anuales de gestión de la JNJ de los años 2020, 2021 y 2022 y su posterior sustentación ante el Pleno del Parlamento.

Por otro lado, el grupo de trabajo liderado por María Acuña, de Alianza para el Progreso, aprobó por unanimidad, es decir con 19 votos a favor, el informe que declara improcedente la denuncia constitucional 277 contra el exministro de Economía y Finanzas de Pedro Castillo, Pedro Francke, por la presunta infracción del artículo 145 de la Carta Magna.

También se declaró improcedente la denuncia 465 contra varios legisladores por supuestamente haber cometido los delitos de discriminación y tortura, tipificados en los art. 323 y 321 del Código Penal.

La agrupación conocida como 'Jueces para la Justicia y Democracia' indicó que rechaza el proyecto de creación de la Escuela Nacional de la Magistratura y señala ataques hacia la Junta Nacional de Justicia. (Foto: Composición - Infobae/Renato Silva)
La agrupación conocida como 'Jueces para la Justicia y Democracia' indicó que rechaza el proyecto de creación de la Escuela Nacional de la Magistratura y señala ataques hacia la Junta Nacional de Justicia. (Foto: Composición - Infobae/Renato Silva)

Declaran nula resolución a favor de Inés Tello

La Corte Suprema declaró nula una resolución emitida por la Corte Superior de Justicia de Lima, que había otorgado una medida cautelar a favor de la magistrada Inés Tello para que pudiera regresar a su cargo en la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

El abogado de Tello, Omar Cairo, ha asegurado que la anulación de la medida cautelar no pone en riesgo la permanencia de la magistrada en la Junta, ya que dicha medida había sido solicitada en el marco de un amparo iniciado por Tello tras la decisión del Congreso de inhabilitarla.

El abogado de Inés Tello, Omar Cairo, explicó que la nulidad de la medida cautelar no afecta el regreso de su cliente a la JNJ. Fotocomposición: Infobae Perú
El abogado de Inés Tello, Omar Cairo, explicó que la nulidad de la medida cautelar no afecta el regreso de su cliente a la JNJ. Fotocomposición: Infobae Perú

En ese sentido, sostiene que la medida cautelar perdió su eficacia cuando fue suspendida por el Tribunal Constitucional, y que fue precisamente la sentencia en el amparo la que permitió el retorno de Tello. Entonces, a pesar de que la medida haya sido anulada, precisa que la sentencia que favorece a su clienta sigue vigente y será revisada por la Corte Suprema en el 2025.

La Corte Suprema argumentó que la resolución apelada presentaba un “vicio de nulidad insalvable”, ya que infringía el artículo 139° inciso 5 de la Constitución Política del Estado, así como varios artículos del Código Procesal Civil. Estos apartados establecen los principios que deben seguirse al emitir resoluciones judiciales, enfatizando la necesidad de motivación adecuada conforme a los estándares del Tribunal Constitucional.

Subrayó, además, que su resolución busca asegurar el cumplimiento del debido proceso, respetando la independencia y autonomía de la función jurisdiccional.

Recientemente, fueron oficializados los nuevos integrantes de la JNJ, quienes tomarán posesión de su puesto el próximo año. Estos son: Gino Augusto Tomás Ríos Patio, con seis votos; Francisco Artemio Távara Córdova, con siete votos; Jaime Pedro De La Puente Parodi, María Teresa Cabrera Vega, Víctor Hugo Chanduví Cornejo, Germán Alejandro Julio Serkovic Gonzáles, y Rafael Manuel Ruíz Hidalgo.

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