
El proceso para recuperar los aportes acumulados en el desaparecido Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) no solo beneficia a los exaportantes vivos, sino también a los familiares de aquellos que han fallecido. Desde el pasado martes 27 de agosto, más de 200 mil beneficiarios forman parte del Reintegro N.° 2, según lo anunciado por la Comisión Ad Hoc, encargada de la devolución.
La facilidad del cobro por parte de los familiares del exaportante permite a los herederos realizar el trámite para reclamar los fondos sin necesidad de presentar un testamento ni iniciar una sucesión intestada, simplificando el acceso a este derecho
¿Cómo los herederos de exaportantes fallecidos pueden cobrar Fonavi?
Los familiares de los fonavistas fallecidos pueden acceder a los fondos siguiendo un procedimiento que incluye la presentación de documentos específicos. Para iniciar el proceso, deben confirmar que el nombre del exaportante fallecido figure en la lista oficial de beneficiarios del Reintegro N.° 2. Esta verificación se puede realizar a través del portal oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi, utilizando el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) del fallecido contribuyente.
Una vez confirmada la inclusión en la lista, el familiar debe presentar en cualquier agencia del Banco de la Nación una declaración jurada que certifique su condición como heredero del fonavista fallecido. Este documento debe ir acompañado del DNI del solicitante y la documentación requerida que acredite el vínculo familiar, así como la partida de defunción del exaportante.

Documentos necesarios según el vínculo familiar
Es importante que los herederos del fallecido tengan en cuenta que los requisitos para demostrar el vínculo familiar varían según el grado de parentesco entre el solicitante y el fallecido, quien fue aportante al Fonavi.
- Cónyuge o conviviente: Partida de matrimonio o constancia de inscripción de la unión de hecho.
- Hijos: Partida de nacimiento que acredite el parentesco con el exaportante.
- Padres: Partida de nacimiento del fonavista fallecido.
- Hermanos: Partidas de nacimiento tanto del solicitante como del exaportante.
Los solicitantes deben saber que el proceso es gratuito, y no requiere de intermediarios. Según la Comisión Ad Hoc, esta medida busca garantizar que los fondos sean accesibles sin mayores barreras legales o económicas.

¿Qué herederos pueden cobrar Fonavi?
Para evitar conflictos en el proceso de reclamación, la Comisión Ad Hoc ha establecido un orden de prelación claro en el que los familiares pueden acceder a los fondos:
- En primer lugar, tiene derecho el cónyuge o conviviente.
- Si no existe cónyuge, los derechos recaen en los hijos.
- En ausencia de hijos, los padres del exaportante pueden realizar la solicitud.
- Por último, si no hay cónyuge, hijos ni padres, los hermanos pueden reclamar los aportes.
Si existe un testamento o una sucesión intestada registrada, las personas mencionadas en estos documentos también podrán acceder a los fondos. Este esquema asegura que los herederos forzosos tengan prioridad, facilitando un proceso ordenado y transparente.
Requisitos generales para el cobro de los aportes
El Banco de la Nación, entidad encargada de realizar los pagos, ha reiterado que el trámite es sencillo y no tiene costo. Para garantizar una gestión rápida y segura, los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentar la partida de defunción del exaportante.
- Acreditar el vínculo familiar mediante la documentación correspondiente.
- Firmar una declaración jurada en cualquier agencia del Banco de la Nación, en la que se manifieste que el solicitante es el heredero del fonavista fallecido.
Además, el Banco de la Nación ha indicado que cuenta con más de 560 oficinas en todo el país, lo que facilita el acceso de los beneficiarios a los fondos. La Comisión Ad Hoc trabaja en colaboración con el banco para mejorar la atención y reducir los tiempos de espera.

¿Cómo saber si estoy inscrito?
Para garantizar la transparencia del proceso, la Secretaría Técnica del Fonavi ha habilitado una herramienta en línea que permite a los herederos verificar si forman parte del Reintegro N.° 2. Este sistema es accesible desde cualquier dispositivo con conexión a internet y requiere los siguientes pasos:
- Ingresar al portal oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi.
- Seleccionar la opción “Consulte AQUÍ si es parte del segundo grupo, reintegro - agosto 2024″.
- Elegir el tipo de documento y digitar el número de DNI del exaportante.
- Completar el código captcha y hacer clic en “Consultar”.

Beneficiarios y criterios de prioridad en el Reintegro N.° 2
El Reintegro N.° 2 incluye a más de 200 mil exaportantes y familiares, y el monto total asignado asciende a 519,3 millones de soles. Según el presidente de los fonavistas, Luis Luzuriaga, los beneficiarios del programa se dividen en cuatro grupos prioritarios:
- Exaportantes de las listas 1 a 19 que hayan cobrado parte de su dinero anteriormente.
- Fonavistas mayores de 75 años.
- Personas registradas en el padrón del Conadis que reciban pensión de invalidez de la ONP o padezcan enfermedades graves o terminales.
- Herederos de fonavistas fallecidos que hayan alcanzado los 93 años o más antes del 31 de agosto de 2024.
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