
Este jueves, el Gobierno promulgó la ley que modifica la norma electoral y amplía el horario de las jornadas electorales y locales de votación. La norma también promueve que el personal activo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional ejerzan su derecho al voto.
Se trata de la Ley Nº 32166 que modifica la Ley Orgánica de Elecciones y que este 21 de noviembre aparece publicada en el boletín de las Normas Legales del diario oficial El Peruano. Previamente, la propuesta había sido discutida y aprobada en el Congreso de la República.
Dicha ley establece la ampliación de la jornada electoral indica “que su hora de inicio será las 07:00 y que finalizará a las 17:00″, a fin de que todos los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto en las siguientes elecciones. En esa línea, los miembros de mesa deberán presentarse en sus locales de votación desde las 06:00 horas el día de los comicios.
La ordenanza también extiende la posibilidad de emplear locales alternativos para el sufragio, más allá de escuelas, universidades y edificios públicos tradicionales. Además, otorga a la ONPE la facultad de designar los espacios que considere más adecuados para garantizar el desarrollo eficiente de los comicios.

Asimismo, el artículo 263-A para implementar una obligación para que el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa deban remitir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) con no menos de 100 días de anticipación la información del personal movilizado el día de las elecciones. Con esto, se busca que sus locales de votación sean reubicados para que el personal militar y policial pueda sufragar con prioridad en los locales que supervisarán.
Congreso rechaza la reelección de alcaldes y gobernadores

El último miércoles, el Congreso rechazó una reforma constitucional que planteaba permitir la reelección inmediata de gobernadores y alcaldes por una vez, además de eliminar los movimientos regionales. La propuesta, que modificaba artículos de la Constitución, no alcanzó los votos necesarios, con 80 a favor y 33 en contra, y fue archivada.
El presidente de la Comisión de Constitución, Fernando Rospigliosi, defendió la reelección como incentivo para mejorar la gestión local, mientras que la congresista Silvana Robles criticó la eliminación de movimientos regionales, señalando que afectaría la representación descentralizada. Una cuestión previa para excluir esta disposición fue rechazada.
El proyecto de reforma planteaba modificaciones significativas en el sistema electoral:
- Reelección inmediata: Gobernadores, alcaldes y regidores podrían ser reelegidos por un único periodo adicional de manera consecutiva.
- Eliminación de los movimientos regionales: Se establecía que los ciudadanos solo podrían participar políticamente a través de partidos nacionales o alianzas entre estos, inscritos en el registro correspondiente.
- Mandatos irrenunciables y revocables: Se estipulaba que los cargos de gobernadores, vicegobernadores, alcaldes y regidores serían irrenunciables, salvo casos excepcionales previstos en la Constitución, y sujetos a revocatoria conforme a ley.
Estas disposiciones pretendían, según sus defensores, fortalecer la gobernabilidad y asegurar la continuidad de las gestiones locales. No obstante, especialistas señalaron que la eliminación de los movimientos regionales podría restringir la pluralidad política y debilitar la representación de las regiones en el ámbito nacional.
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