
El Poder Ejecutivo remitió al Congreso de la República el proyecto de Ley de la pequeña minería y de la minería artesanal (MAPE), con el objetivo de reemplazar al Registro Integral de Formalización Minera (REINFO), cuya vigencia culmina el 31 de diciembre.
De acuerdo a la redacción de la norma, el objetivo de la nueva ley es promover e incentivar el desarrollo de actividades de pequeña minería y minería artesanal de manera social, económica y ambientalmente sostenible, en cumplimiento de la normativa nacional sobre seguridad y salud ocupacional minera.
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La Ley MAPE coadyuvará a la simplificación de los procedimientos administrativos, mediante tecnologías de la información y comunicaciones, para la obtención de autorizaciones o permisos que habiliten el desarrollo de actividades de pequeña minería y minería artesanal.
Sin embargo, el Gobierno peruano insiste con un mecanismo de inscripción para los mineros artesanales que antes ya había sido cuestionado por consultoras especializadas, como Videnza: a través de los gobiernos regionales.
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Ley MAPE reemplaza al REINFO con Zonas especiales para minería artesanal
La nueva Ley MAPE determina la creación de Zonas especiales para la pequeña minería (PPM) y minería artesanal (PMA). Mediante decreto supremo, a propuesta del Minem, se puede establecer, en áreas de libre disponibilidad, zonas especiales para el desarrollo de actividades de pequeña minería y minería artesanal.
En cada zona especial, el pequeño productor minero puede peticionar hasta 4 cuadrículas de 25 hectáreas cada una, en tanto que el productor minero artesanal puede peticionar solo 1 de dichas cuadrículas.
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No puede establecerse zonas especiales para el desarrollo de actividades de pequeña minería y minería artesanal que se superpongan total ni parcialmente con zonas prohibidas para el desarrollo de actividad minera.
Además, el Minem implementará el Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMA), plataforma informática que integra información relacionada con la pequeña minería y minería artesanal, de acceso público conforme con las normas sobre la materia.
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Gobiernos regionales seguirán inscribiendo a mineros artesanales
De acuerdo al proyecto de ley, el Minem ejercerá rectoría sobre las políticas del Estado referidas al desarrollo sostenible de actividades de pequeña minería y minería artesanal.
Sin embargo, los gobiernos regionales también estarán facultados para autorizar, supervisar y fiscalizar las actividades de la pequeña minería y minería artesanal de personas naturales o jurídicas, acreditadas o no como PPM y PMA.
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Los gobiernos regionales igualmente podrán promover la celebración, renovación y formalización de los contratos de explotación, además de suscribir convenios con instituciones de educación universitaria o tecnológica, a fin de brindar capacitaciones de aprovechamiento sostenible.
Finalmente, también podrán orientar y brindar información a los PPM y PMA sobre derechos y obligaciones, procedimientos administrativos aplicables a su actividad, proveedores y clientes, mecanismos de acceso a insumos controlados e identificación de fuentes de financiamiento y comercialización.
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Las actividades de supervisión y fiscalización en materia de seguridad y salud ocupacional en las actividades mineras de competencia de los gobiernos regionales pueden ser tercerizadas a empresas debidamente registradas y acreditadas.
Las funciones comprendidas en la fiscalización ambiental de competencia de los gobiernos regionales, a excepción de la imposición de sanciones, pueden ser ejercidas a través de terceros inscritos en el registro a cargo del OEFA.
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