
La Defensoría del Pueblo ha manifestado su preocupación por la reciente normativa de la Superintendencia Nacional de Migraciones, que exige visa y pasaporte a los ciudadanos venezolanos. Esta medida, vigente desde el 2 de julio, podría afectar a personas en condiciones de vulnerabilidad que carecen de estos documentos. La preocupación se dirige al superintendente nacional de Migraciones, Armando García Chunga, y enfatiza la necesidad de excepciones humanitarias.
En un documento enviado a García Chunga, la Defensoría del Pueblo subraya la importancia de permitir el ingreso de niños, adolescentes, personas con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas que buscan reunirse con familiares residentes en el Perú o en otros países. Estas personas, encontrándose varadas en zonas de frontera, requieren cruzar el territorio peruano.
Pide no ignorar compromisos internacionales
El documento menciona que la regulación del ingreso de ciudadanos extranjeros es un ejercicio de soberanía. No obstante, recalca la importancia de no ignorar los compromisos internacionales de Perú en cuanto al derecho de refugio y los principios de la Política Nacional Migratoria 2017-2025, la Ley General de Migraciones y el Decreto Legislativo 1350, que destacan la reunificación familiar y el interés superior del niño.
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En ese sentido, Carlos Fernández, adjunto de Derechos Humanos, declaró en el documento que “preocupa que la Resolución 000121-2024-MIGRACIONES no contemple la posibilidad de ingreso al Perú, con cédula de identidad y sin pasaporte, a personas venezolanas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad como es el caso de niñas, niños y adolescentes que tienen a sus padres en Perú en situación regular, o el caso de personas con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas que buscan su reunificación familiar”.
La Defensoría del Pueblo recomendó que Migraciones considere admitir de manera excepcional el ingreso de niños y adolescentes que buscan reunirse con sus padres y de otras personas en situación de vulnerabilidad. Esta solicitud, segúnh detalló, se basa en el principio de reunificación familiar y el interés superior del niño, recordando que “el Perú se ha comprometido internacionalmente a la protección de los refugiados, a través de su adhesión al Pacto Mundial sobre los Refugiados del 2018″.
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En esa línea, la institución aclaró que, aunque no se está de acuerdo con el ingreso irregular de personas extranjeras, siempre han abogado por medidas que permitan un ingreso regular, ordenado y controlado. Este enfoque intenta balancear la regulación migratoria con la compasión hacia aquellos en situaciones críticas.

La Defensoría también pidió que las regulaciones sean evaluadas considerando no solo la legalidad, sino también el impacto humanitario que puede tener sobre los migrantes venezolanos que se encuentran en situaciones particularmente difíciles.
Cabe precisar que la presencia de ciudadanos venezolanos en esta condición fue corroborada en una visita efectuada el pasado martes 2 de julio, por representantes de la sede de la Defensoría del Pueblo en Tacna a la Línea de la Concordia, donde se pudo observar a cerca de 20 personas varadas por no contar con pasaporte vigente ni visa para ingresar al territorio nacional, entre los que se encontraban adultos mayores y niños.
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Tras esta diligencia, se sostuvo una reunión con el jefe de Migraciones del Complejo Santa Rosa y con el representante de la Superintendencia Nacional de Migraciones en la mencionada región sureña, a quienes se explicó la necesidad de brindar atención especial a las personas vulnerables.
Visa para un sueño

Desde el pasado martes 2 de julio, los venezolanos que ingresen a Perú deberán presentar tanto una visa como un pasaporte en vigor. La Resolución 000121-2024-Migraciones, publicada en el diario El Peruano, establece esta nueva normativa con el fin de fortalecer el control migratorio y regular la entrada de personas de esta nacionalidad al país.
Esta decisión reemplaza a la Resolución 000177-2019-Migraciones, emitida el 12 de junio de 2019. Ahora, para obtener la calidad migratoria temporal y de residente, se requiere una visa emitida por una oficina consular de Perú, así como un pasaporte venezolano vigente que tenga al menos seis meses de antigüedad.
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En cuanto a la calidad migratoria humanitaria, además del pasaporte, los solicitantes deben presentar una visa humanitaria expedida también por una oficina consular.
El proceso puede tardar entre cinco días y una semana. La nueva normativa manifiesta que estos documentos no permiten la residencia permanente ni actividades remuneradas y que su fin es solo para viajes de corto plazo por motivos turísticos.
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