Partido Nacionalista pidió sin éxito acogerse a nueva ley que los exime de responsabilidad penal: otras agrupaciones políticas buscarán el mismo camino

El Poder Judicial rechazó el pedido del movimiento de Ollanta Humala, por lo que el juicio oral continuará. Sin embargo, otras agrupaciones investigadas buscarían beneficiarse con la nueva norma oficializada por la presidenta Dina Boluarte

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Ollanta Humala - Partido Nacionalista - Poder Judicial
El partido del exmandatario Ollanta Humala pidió acogerse a nueva ley que lo libera de responsabilidad penal. PJ lo desestimó. (Composición Infobae)

Horas después de la promulgación de la Ley 32054, que exime a los partidos políticos de responsabilidad penal, el Partido Nacionalista Peruano solicitó al Poder Judicial su exclusión del proceso por el caso Lava Jato. Sin embargo, el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional rechazó la solicitud.

Nayko Coronado, jueza a cargo, explicó que el análisis y la interpretación de la ley se realizarán al momento de dictar sentencia, prevista para los próximos meses. La norma, aprobada por el Congreso y promulgada por el Gobierno de Perú, estipula que las organizaciones políticas se enfrentan solo a sanciones administrativas según la Ley 28094.

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El Partido Nacionalista, sin inscripción oficial, enfrenta acusaciones de lavado de activos por presuntos aportes ilícitos del gobierno de Hugo Chávez, Odebrecht y OAS a las campañas de Ollanta Humala en 2006 y 2011.

El juicio oral comenzó en febrero de 2022, y el fiscal Germán Juárez ha solicitado 20 años de condena para el expresidente, 26 años y medio para Nadine Heredia, y la disolución del partido.

Ollanta Humala

Durante la audiencia, en la que se rechazó el pedido del Partido Nacionalista por acogerse a la legislación, el fiscal Juárez describió la norma como “inconstitucional”, y afirmó que persigue liberaciones específicas más que una justicia equitativa.

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El abogado del Partido Nacionalista, David León, argumentó que la ley debería aplicarse de manera inmediata, eximiendo al partido de responsabilidades penales y evitando su disolución. En respuesta, Juárez pidió que se aplique un “control difuso” y se mantenga al partido en el proceso, destacando que la ley solo regula las sanciones, no la responsabilidad penal

Martha Moyano - PL - partidos politicos
Martha Moyano pidió exonerar el trámite de la segunda votación del proyecto de ley que blinda a partidos políticos de sanciones penales. (Composición Infobae/ Congreso de la República)

Partidos políticos, como Fuerza Popular, Perú Libre, Renovación Popular y Podemos Perú, podrían citar la misma ley para evitar disoluciones en procesos judiciales actuales y futuros. Todos ellos bajo investigaciones por supuestos delitos de organización criminal.

La Fiscalía rechaza la ley promulgada por Boluarte, pues fue introducida con el objetivo de liberar de responsabilidad penal a los partidos políticos, lo cual podría impactar significativamente en las investigaciones actuales.

Germán Juárez afirmó: “Esta ley persigue un objetivo: liberar a los partidos que vienen siendo investigados. Este tema no abarca solo al Partido Nacionalista, es una norma que se ha dado para los partidos que van a candidatear en el 2026″.

Jaime Yoshiyama Tanaka y Keiko Fujimori
Jaime Yoshiyama Tanaka y Keiko Fujimori

El fiscal José Domingo Pérez, miembro del Equipo Especial Lava Jato, había solicitado al Poder Judicial la disolución de Fuerza Popular como pena accesoria en el marco del Caso Cócteles. En este caso se investiga a Keiko Fujimori y otros integrantes del fujimorismo por presuntos delitos de lavado de activos, organización criminal y obstrucción a la justicia. La Fiscalía sostiene que alrededor de 17 millones de dólares habrían sido lavados a través de la agrupación durante las campañas presidenciales de 2011 y 2016, con fondos provenientes de Odebrecht y empresarios peruanos.

Con la promulgación de la Ley 32054, las sanciones de clausura, disolución y suspensión de personas jurídicas ya no serán aplicables a los partidos políticos, de acuerdo con la modificación del Código Penal, como han señalado abogados penalistas como Carlos Caro y Julio Espinoza. Esta ley también modifica la normativa sobre la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en procesos penales.

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