
El gigante millonario Adidas enfrenta una multa de S/742.500, luego de una decisión definitiva del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). La Resolución 0218-2024/TPI-Indecopi que deriva de una disputa por propiedad industrial le prohíbe a la marca alemana el uso y venta de productos bajo la línea “Nemeziz” en territorio peruano.
El conflicto legal inició en 2021 cuando el empresario colombiano Ricardo León Marquéz Gómez presentó una denuncia ante Indecopi, en el que argumentaba que Adidas infringía sus derechos de propiedad industrial al comercializar productos con la marca “Nemeziz”, muy similar a “Nemesis”, nombre que él había registrado primero en nuestro país, además de Colombia y México. A pesar de tener un acuerdo de licencia con el emprendedor para estos últimos dos países, Adidas no realizó acciones similares en Perú, lo que llevó a la contienda legal.

El sustento de Indecopi para sancionar a Adidas
La decisión de Indecopi se sustentó en la detección de similitudes evidentes entre ambas marcas, aplicadas a productos idénticos como ropa y calzado deportivo, lo que podría generar confusión entre los usuarios. A pesar de que Adidas apeló la decisión inicial argumentando la inexistencia de productos “Nemesis” en el mercado peruano y acusando al empresario de mala fe, el tribunal mantuvo su fallo y subrayó la importancia del registro de marca país por país para asegurar los derechos exclusivos de uso.
Esta resolución no solo impone a Adidas una significativa multa económica sino que también le exige cesar la venta y promoción de su línea “Nemeziz” en el Perú.
La Unidad de Contenidos Especializados (UCE) de LP Derecho accedió a la resolución en cuyo documento se detalla que:
Adidas perdió en primera instancia:
La decisión surgió luego de que Indecopi encontrara similitudes entre el signo “Nemeziz”, utilizado por Adidas, y la marca “Nemesis”, ambas destinadas a distinguir productos de ropa y calzado deportivo. Como consecuencia, a Adidas se le prohibió el uso del signo “Nemeziz” para sus productos de indumentaria deportiva.
La causa del conflicto radica en la infracción al literal d) del artículo 155 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, que protege a los titulares de marcas registradas contra el uso de signos similares por parte de terceros, cuando estos se destinan a productos idénticos o similares, y que puedan generar posibilidad de confusión.
La multa contra Adidas fue de 150 UIT, equivalente a S/742.500 soles
Adidas apeló y perdió en segunda instancia
La empresa Adidas decidió apelar al primer fallo de Indecopi, pero su recurso no prosperó. Los vocales del Indecopi examinaron argumentos asociados a la mala fe procesal y prescripción de la acción administrativa.
Adidas argumentó en su defensa que no se comercializaban productos bajo el nombre “Nemesis” en Perú y acusó al empresario de actuar de mala fe al registrar su marca, sabiendo que Adidas planeaba introducir su línea “Nemeziz” al mercado peruano.
La marca “Nemeziz” de Adidas ya estaba registrada y disponible en mercados de varios países, incluidos Japón, Corea, Italia, España y Rusia desde 2016. Por su parte, el Indecopi señaló que no existía mala fe por parte del emprendedor y enfatizó la importancia de que las empresas registren sus marcas en cada país para asegurarse el uso exclusivo de las mismas. Se resaltó que Adidas no había registrado “Nemeziz” en Perú.
Adidas Perú: prohibida de usar Nemeziz
Finalmente, Adidas fue severamente multada y el Indecopi le prohibió usar el “signo” Nemeziz en sus productos deportivos. Adidas nunca imaginó que el Indecopi le daría la razón al emprendedor y que su staff de abogados no podría revertir esa situación. El signo “Nemeziz” de Adidas no pudo con la marca “Nemesis” del emprendedor.
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