
En un contexto en que la recaudación tributaria en el Perú registra aún saldos en rojo (-6,3% de enero a abril del 2024 comparado al mismo periodo del 2023), las deudas de las grandes empresas que operan en el país alcanzan los S/28.325 millones, cifras actualizadas al 30 de abril, reveló el titular de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), Gerardo López González.
En su presentación ante la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso, el funcionario detalló que del total de las deudas, el 86,9%, que en cifras reales representan S/24.621 millones, no puede cobrarse debido a que está impugnado y sin resolverse. “Está en un proceso que impide su recuperación”, indicó. Por otro lado, el 12,6% de la deuda total está en plazo por impugnar, el 0,1% en etapa concursal, y el 0,4% en etapa exigible por Sunat.
La recaudación tributaria en abril creció 4%, que ha sido resaltada por el Ministerio de Economía y Finanzas como la tasa más alta en 19 meses. Una de las razones que empujaron este resultado fue, según informó Sunat, el cobro a Telefónica de una deuda de S/746 millones, tras 20 años de litigio. Se debe precisar también que en marzo, los ingresos netos del Gobierno central cayeron 25%.

Más de S/24.000 millones de deudas están impugnadas: plazo para resolverse
De acuerdo con López Gonzáles, Sunat tiene dentro de su estructura una Intendencia dedicada exclusivamente al control de los principales contribuyentes nacionales (grandes empresas) en diversos sectores productivos como minería, construcción, etc. Las deudas suelen transitar por tres instancias como la reclamación, la apelación y la demanda ante un juez.
De la deuda impugnada (S/24.621 millones), S/2.638 millones (11%) se encuentra en etapa de Reclamación ante la Sunat; mientras que S/18.899 millones (77%) está en la segunda etapa de Apelación ante el Tribunal Fiscal; y por último el 12% (S/3.084 millones) en Demanda ante el Poder Judicial.
En cuanto a plazos, Sunat proyecta resolver las reclamaciones de las deudas impugnadas en no más de seis meses, aún cuando en promedio es de 9 meses. En tanto, el Tribunal Fiscal tiene un plazo de hasta 18 meses, aunque en promedio los plazos superan los tres años para resolver el 77% que se encuentra en etapa de apelación.
En la tercera instancia, si bien el Poder Judicial (sale del ámbito administrativo) no tiene un plazo específico para resolver los S/3.084 millones que se encuentran judicializados, el tiempo promedio de resolver bordea alrededor de tres años.

El top 10 de empresas con más deudas tributarias
Con cifras actualizadas a febrero de este 2024, se puede visualizar que la Minera Las Bambas desplazó a Telefónica del Perú y ahora es la compañía que acumula más deudas tributarias al Estado peruano, según el listado al que accedió Ojo Público.
- Minera Las Bambas: S/6.214 millones 152.014
- Telefónica del Perú: S/4.975 millones 284.610
- Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston: S/2.285 millones 662.352
- Nexa Resources Peru: S/1.093 millones 787.712
- Compañía Minera Antapaccay: S/841 millones 749.997
- Minera Chinalco Perú: S/721 millones 264.014
- Ajeper: S/696 millones 201.236
- Arca Continental Lindley: S/331 millones 023.959
- Farmindustria: S/325 millones 075.577
- Nexa Resources Cajamarquilla: S/311 millones 281.635
¿Qué significa una deuda impugnada?
Una deuda impugnada, según la Sunat, se refiere a una situación en la que una empresa o contribuyente no está de acuerdo con la validez o el monto de la deuda tributaria que le ha sido notificada por parte de la misma Superintendencia de Administración Tributaria. Ello puede deberse a discrepancias en la interpretación de la normativa tributaria, errores en el cálculo de los impuestos, o cualquier otra razón que justifique la impugnación por parte del deudor.
Según explicó Luis Arias Minaya, exjefe de la Sunat, el proceso de disputa de una deuda tributaria inicia con la notificación al contribuyente, en el que se le otorga 30 días para impugnarla. Si la empresa no está de acuerdo, la deuda se convierte en una “deuda en litigio”, con un monto marcado como “reclamado”, detalló a Ojo Público.
Posteriormente, la empresa puede apelar, lo que lleva el caso a ser resuelto primero por la Sunat. Si persiste la controversia, el caso es elevado al Tribunal Fiscal, que luego de un análisis emite un veredicto. Si este favorece a la Sunat y ordena el pago, la empresa puede aún objetar y llevar el caso al Poder Judicial, donde se define en última instancia.
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