Bono Familiar Habitacional 2024: ¿Cuáles son los requisitos para acceder a este subsidio?

La finalidad es incentivar la edificación de viviendas unifamiliares en terrenos de propiedad personal, que deben tener un plan de construcción ya autorizado por la municipalidad pertinente

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El Bono Familiar Habitacional 2024 es entregado por el Ministerio de Vivienda- Créditos: Agencia Andina.
El Bono Familiar Habitacional 2024 es entregado por el Ministerio de Vivienda- Créditos: Agencia Andina.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) emitió un reglamento que detalla los pasos a seguir para la obtención del Bono Familiar Habitacional bajo la modalidad de Construcción en Sitio Propio, específicamente para zonas urbanas.

Según la Resolución Ministerial N° 071-2024-Vivienda, el objetivo es promover la construcción de casas unifamiliares en terrenos propios, los cuales deben contar con un proyecto previamente aprobado por la municipalidad correspondiente. Estos inmuebles deben tener una superficie mínima de 35 m², sin incluir áreas exteriores como aleros, y estar diseñadas para permitir futuras ampliaciones verticales, agregando al menos un nivel adicional.

Para cumplir con los requerimientos establecidos por el MVCS, las casas deben disponer de áreas básicas como un espacio de usos múltiples que combine sala, comedor y cocina; dos dormitorios; un baño completo que incluya lavatorio, ducha e inodoro; además de una zona de lavandería, la cual puede o no estar cubierta.

Los ciudadanos pueden cumplir con su sueño de la construcción de la casa - Créditos: Agencia Andina.
Los ciudadanos pueden cumplir con su sueño de la construcción de la casa - Créditos: Agencia Andina.

Bono Familiar Habitacional: ¿Cuáles son los requisitos para que un predio sea elegible?

  • El terreno debe cumplir con los requisitos para adquirir la licencia de construcción, según lo estipula la legislación actual.
  • Debe ser propiedad exclusiva de la familia beneficiaria y estar registrado a nombre de al menos un miembro de la unidad familiar en el Registro de Predios, no siendo válida la copropiedad, excepto cuando todos los copropietarios pertenezcan a la misma unidad familiar.
  • El terreno debe estar exento de cualquier carga o gravamen y sin títulos en disputa. Se permite únicamente la restricción de no transferir el predio por un periodo de cinco años después de haber sido adjudicado por el Estado, además de las servidumbres necesarias para el paso de acueductos, electroductos, gaseoductos, infraestructura eléctrica y de saneamiento, o vías públicas.
  • No debe existir en el terreno una vivienda de características permanentes o que cumpla con los estándares de una Vivienda de Interés Social (VIS), a excepción de que haya una edificación de máximo 16 m².
  • El sitio debe tener acceso directo a los servicios públicos esenciales de agua, saneamiento y electricidad. En caso de no disponer de estos servicios inicialmente, se aplicarán las condiciones especificadas en el párrafo 3.4 del artículo 3 del Reglamento Operativo.
  • El acceso a los servicios públicos mencionados no debe realizarse a través de propiedades de terceros.
Se busca fomentar la edificación de viviendas individuales en parcelas propias, requiriendo que dichos proyectos cuenten con la aprobación previa de la alcaldía respectiva - Créditos: Agencia Andina.
Se busca fomentar la edificación de viviendas individuales en parcelas propias, requiriendo que dichos proyectos cuenten con la aprobación previa de la alcaldía respectiva - Créditos: Agencia Andina.

¿Cómo acceder al Bono Familiar Habitacional?

  • Debe estar compuesto como mínimo por una persona y al menos un familiar directo hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, quienes residan juntos en el mismo domicilio.
  • Conformado por una familia nuclear, es decir, un núcleo básico de dos personas casadas o en unión libre sin restricciones para contraer matrimonio, con o sin descendencia.
  • Configurado por una familia ensamblada, lo que implica que uno o ambos miembros de la pareja, que no tienen impedimentos para casarse, tienen hijos provenientes de relaciones previas.

Cabe mencionar que la representación del Grupo Familiar (GF) recae en el jefe de hogar, quien debe declarar tener dependientes económicos dentro del núcleo familiar. Estos dependientes pueden ser hijos, hermanos y nietos propios o de su cónyuge o pareja, que sean menores de veinticinco años (incluyendo a aquellos que alcanzan esta edad en el año en que se registren en el Programa) o mayores de esa edad, estableciendo así los criterios para determinar la carga familiar.

Este bono es un excelente beneficio económico para las familias peruanas - Créditos: Agencia Andina.
Este bono es un excelente beneficio económico para las familias peruanas - Créditos: Agencia Andina.

El monto del bono difiere según la opción elegida por la familia:

  • Para comprar su vivienda el subsidio es de S/44.805.
  • Para construir su vivienda el bono puede ser de S/30.900.

Bono Mivivienda Verde 2024 de S/31 mil

El bono verde de Mivivienda, que se otorga sin necesidad de devolución, es un incentivo otorgado al comprar una vivienda que responde a estándares de sostenibilidad, reduciendo así el daño al medio ambiente. Este beneficio implica un descuento entre el 3 % y el 4 % en el costo de financiamiento del inmueble, basado en el grado de sostenibilidad avalado por organismos como Edge, hasta un tope de S/31 mil 100.

Para ser apto, el inmueble debe cumplir con determinados criterios de diseño y construcción eco-amigables. Esto no solo ofrece un ahorro notable en los consumos mensuales de electricidad y agua, disminuyendo estos costes hasta en un 30% y resultando en pagos mensuales más bajos, sino que también contribuye a proteger el entorno, asegurando un uso más eficiente de los recursos naturales a futuro.

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