
La demanda que el excomandante general de la Policía Nacional del Perú, Jorge Angulo, presentó contra la presidenta Dina Boluarte y el titular del Ministerio del Interior, Víctor Torres Falcón; ha sido descartada y declarada inadmisible por el Poder Judicial. Ello, luego de que este denunciara que su pase a retiro había sido irregular por haber sido removido de la institución bajo la excusa de la agresión a la presidenta Dina Boluarte en Ayacucho; y le brinda 3 días para que la subsane.
Según lo decidido por el Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional del Poder Judicial, la demanda de amparo de Angulo ha sido señalada como inadmisible mediante la Resolución N°1 del expediente 01213-2024-0-1801-JR-DC-03. En el que Jorge Angulo requería que se deje sin efecto la disposición de retirarlo del cargo en la PNP, sin embargo, llama la atención los motivos por los que esta demanda ha sido descartada.
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En el documento, al que Infobae Perú tuvo acceso, se detalla que el principal motivo para declarar inadmisible esta demanda no corresponde a ningún tema del fondo por el que Angulo emite el reclamo; en cambio, el principal motivo por el que la jueza Ana Osorio Sosa ha descartado el amparo, ha sido porque la denuncia no ha sido presentada correctamente.

Mediante la justificación de motivos de dicha resolución, Osorio Sosa detalla que “el demandante (...) indica haber adjuntado una resolución a su demanda como anexo 1-B”; la misma en la que se anunciaba su cese al cargo de comandante general de la PNP y, al mismo tiempo, se detallaba su pase a retiro. No obstante, esta resolución no fue adjuntada correctamente y no aparece en la demanda de amparo.
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“La demanda ha sido presentada de manera electrónica a través de la Mesa de Partes Electrónica. Del archivo que contiene los anexos de la presente demanda, se advierte que el anexo 1-B es una hoja en blanco con una línea en el centro a modo de división y cuando se intenta proceder con su impresión, figura el siguiente mensaje: “Hay un error en esta página (...)”; se lee en la resolución.
PJ recuerda a Angulo que es su responsabilidad adjuntar la resolución por la que reclama
Tras este mensaje de error, la magistrada a cargo del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional, señaló que en la denuncia de Angulo, que supone una “afectación a los derechos fundamentales invocadas en el marco de un proceso constitucional deberán ser contrastadas con una prueba mínima, pero suficiente”; sin embargo, encontrar esta prueba “no es la tarea de la jurisdicción constitucional”, ni tampoco la de “buscar las resoluciones cuestionadas para poder otorgar una respuesta al justiciable.
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En otras palabras, la jueza señaló al exjefe de la PNP que su persona, o en todo caso su abogado, “sí tienen la obligación de acompañar una copia de las resoluciones que cuestionan por construir una prueba indispensable para verificar” si realmente se ha incurrido en un abuso en sus derechos.
Jueza otorga 3 días a Jorge Angulo para presentar resolución que no presentó

No obstante, Jorge Angulo tiene una posibilidad de que se atienda su caso mediante esta demanda. Pese a que la jueza Osorio declaró el amparo inadmisible, le ha otorgado al exjefe de la PNP un plazo de 3 días para que pueda presentar la Resolución Suprema a la que hace referencia en su demanda, o de lo contrario, procederá a archivar la denuncia.
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“Se resuelve que (Jorge Angulo) cumpla en el plazo de 3 días con presentar la Resolución Suprema N°019-2024-IN, de fecha 22 de enero del 2024, bajo apercibimiento de archivo del expediente, en caso de incumplimiento”, se lee en el documento.
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