
Constituir una empresa es sinónimo de mantener tus documentos en regla. Contar con un emprendimiento o alguna actividad comercial implica realizar la declaración jurada anual de renta, para así evitar multas o sanciones que podrían conllevar a deudas con el Estado o el cierre de tu negocio.
Tal como señala Juan Santivañez, Socio de la firma BKR - Santivañez, este proceso es fundamental y juega un papel importante tanto para las peronas como para las empresas.
A través de un comunicado de prensa, el especialista destaco las razones por las cuales las empresas deberían realizar la declaración jurada anual de renta. ¡Toma nota!
- Cumplimiento legal: La firma BKR - Santivañez aclara que presentar una declaración jurada de renta es una obligación legal en nuestro país. No cumplir con esta obligación puede resultar en sanciones y/o multas. Además, indicó que cumplir con las leyes fiscales ayuda a mantener la integridad del sistema tributario y contribuye al funcionamiento adecuado del Estado.

- Obligación tributaria: La declaración jurada es el medio por el cual se determina la cantidad de impuestos que una persona o empresa debe pagar. Permite calcular los ingresos, deducciones y créditos fiscales, lo que lleva a determinar la deuda tributaria o, en algunos casos, el reembolso (la devolución de los pagos a cuenta efectuados durante el año).
- Transparencia financiera: Según Santivañez, la presentación de una declaración jurada proporciona transparencia sobre la situación financiera de un individuo o una empresa. Esto es especialmente relevante para las empresas, ya que los informes fiscales pueden ser revisados por accionistas, inversores, autoridades regulatorias y otros interesados.
- Planificación financiera: La declaración jurada anual también ofrece la oportunidad de revisar la situación financiera y fiscal del contribuyente. Esto puede facilitar la planificación financiera y tributaria para el futuro, permitiendo ajustar estrategias y tomar decisiones informadas y con la debida anticipación.
- Auditoría y fiscalización: Las declaraciones juradas anuales también proporcionan una base para la auditoría y fiscalización por parte de las autoridades fiscales (Sunat, etc). La precisión y veracidad de la información presentada son esenciales para evitar problemas legales y para mantener una relación transparente con dichas instituciones.
- Beneficios financieros: No todo es pago y trámites. Presentar una declaración precisa y completa permite a las empresas a evidenciar ante terceros, sus ingresos y ganancias, y ser por ello, sujetos de crédito en el sistema financiero formal.
La firma BKR - Santivañez precisa que, en caso evitar presentar la declaración jurada o proporcionar información falsa, las personas podrían incurrir en sanciones y/o multas e incluso acciones penales.

Cronograma de declaración jurada anual del Impuesto a la Renta 2023
Cronograma para personas naturales y las micro y pequeñas empresas (MYPE) del Régimen General del Impuesto a la Renta y del Régimen MYPE Tributario comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley N° 31940:
- Último dígito 0 vence el 27 de mayo de 2024
- Último dígito 1 vence el 28 de mayo de 2024
- Último dígito 2 vence el 29 de mayo de 2024
- Último dígito 3 vence el 30 de mayo de 2024
- Último dígito 4 vence el 31 de mayo de 2024
- Último dígito 5 vence el 3 de junio de 2024
- Último dígito 6 vence el 4 de junio de 2024
- Último dígito 7 vence el 5 de junio de 2024
- Último dígito 8 vence el 6 de junio de 2024
- Último dígito 9 vence el 10 de junio de 2024
- Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC: vencen 11 de junio de 2024
Otros contribuyentes que no se encuentran en las categorías mencionadas anteriormente:
- Último dígito 0 vence el 26 de marzo de 2024
- Último dígito 1 vence el 27 de marzo de 2024
- Último dígito 2 vence el 1 de abril de 2024
- Último dígito 3 vence el 2 de abril de 2024
- Último dígito 4 vence el 3 de abril de 2024
- Último dígito 5 vence el 4 de abril de 2024
- Último dígito 6 vence el 5 de abril de 2024
- Último dígito 7 vence el 8 de abril de 2024
- Último dígito 8 vence el 9 de abril de 2024
- Último dígito 9 vence el 10 de abril de 2024
- Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC: vencen 11 de abril de 2024
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