
El destituido exjuez supremo César Hinostroza se conectó a la sesión de este viernes de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso desde la clandestinidad a fin de que sus descargos sobre la denuncia constitucional que interpuso la exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos por los presuntos delitos de tráfico de influencias agravado, patrocinio ilegal y cohecho activo específico. Durante su intervención, intentó acogerse nuevamente a la Ley 31751, ley que reduce a un año el plazo de la suspensión de la prescripción de la acción penal.
En este caso, se le acusa a Hinostroza Pariachi de haber hecho gestiones para que su hermana obtenga una sentencia favorable en una demanda civil con la que buscaba ser declarada única propietaria de una casa de playa en el balneario Los Pulpos, en Lurín. Para ello, habría ejercido influencia en al juez civil Julio Arbieto Huansi, a cambio de que éste último sea beneficiado con ascensos.
La Fiscalía detectó que el exjuez supremo y Julio Arbieto mantuvieron comunicaciones telefónicas y encontró documentación relacionada al inmueble ubicado en Lurín en el despacho del exmagistrado de la Corte Suprema.
César Hinostroza y la ‘Ley Soto’
El exjuez supremo César Hinostroza, quien se encuentra prófugo en Bélgica, ejerció su propia defensa ante la Subcomisión debido a que su abogado se encontraba en otra audiencia. En este punto, aseguró que se debe declarar la prescripción en el extremo del delito de patrocinio ilegal a raíz de la publicación de la Ley 31751, también conocida como ‘Ley Soto’. Incluso, el exmagistrado se mostró en contra esta denominación.
Hinostroza argumentó que el delito de patrocinio ilegal es sancionado con una pena máxima de 2 años, mientras que el plazo de prescripción extraordinaria sería la mitad de esa pena, es decir, un año. A este se le debe sumar un año de suspensión de la prescripción que establece la cuestionada norma. En total, el tiempo para perseguir este delito es de 4 años.
“Con la nueva ley que se promulgó por el Congreso en mayo (de 2023), la mal denominada ‘Ley Soto’ —rechazo totalmente ponerle nombre, pero así está lamentablemente, hay pues (temas) políticos—, sería un año más de suspensión. Son 4 años. El presunto acto de patrocinio ha ocurrido en abril de 2018. Los 4 años han vencido en abril de 2022. Cuando denunció la Fiscalía, ya estaba prescrito. Ha pasado un año y medio que la acción penal ha prescrito y debe en todo caso archivarse el patrocinio”, alegó el exjuez supremo.
Hinostroza también expresó sus argumentos legales por los que considera que no se ha configurado los delitos de tráfico de influencias agravado y cohecho activo específico
“Pido que se archive el caso porque hay una confusión. (...) La Fiscalía ya investigó 4 años. ¿Qué más va a investigar? ¿Para someternos a un proceso de 5 años más? ¿A una tortura? ¿Por qué se dio esta ley de prescripción? Precisamente para frenar este tipo de abusos del Ministerio Público y del mismo Poder Judicial”, requirió.
Para finalizar, César Hinostroza sacó a colación su intento anterior de beneficiarse con la Ley 31751 en otra investigación que se le sigue por las presuntas coordinaciones con el exjuez Walter Ríos, entonces presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, para la designación de Maicol Reiner Fernández como juez de paz letrado en el referido distrito judicial.
En este caso, el Congreso expidió una resolución acusatoria por, entre otros, patrocinio ilegal. Sin embargo, años después la Fiscalía recalificó el ilícito a cohecho activo específico, disposición que rechaza el exjuez supremo.
“¿Saben qué ha hecho la Fiscalía 5 años después? Dice: ‘No, no, no. El Congreso ha hecho una mala calificación jurídica. Aquí hay delito de cohecho activo’. Han cambiado los hechos y el delito. Eso es una falta de respeto, una irreverencia al Congreso. Como diciéndoles que no saben”, arguyó.
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