El presidente del Congreso, Alejandro Soto, rechazó este sábado que haya impulsado un proyecto legislativo que, en mayo pasado, modificó el plazo de prescripción de los procesos penales, lo que significó un eventual beneficio cuando iba a recibir una segura condena por presunta estafa y falsedad genérica.
Soto, según un informe de La República, aprovechó su posición de vocero de Alianza para el Progreso (APP), ante la Junta de Portavoces, para poner en debate la norma que luego usaría para librarse de los ocho años y ocho meses que había solicitado la Fiscalía en su contra.
En rigor, lo informado por el diario fue que, según el acta de la Junta de Portavoces del 24 de marzo, el parlamentario puso su rúbrica en el acuerdo para incluir en la Orden del Día la discusión del dictamen de este proyecto que fue aprobado con una celeridad sospechosa gracias a su respaldo.

“Respecto a que esta ley lo habría beneficiado con el archivamiento del caso de presunta estafa, [...] el Cuarto Juzgado de investigación preparatoria del Cusco, en noviembre de 2019, archivó el proceso penal al que se hace mención, aclarando que se trata de una compra venta de terreno entre una empresa privada y el congresista, que tiene connotaciones civiles y no penales”, continuó el despacho.
Soto fue denunciado por la empresa de transportes Turísticos Waynapicchu por dos actos irregulares que ejecutó cuando era su asesor legal: el primero por no cumplir con redactar los estatutos de la empresa, pese a que percibió un pago previo; y por vender un terreno de su propiedad a un precio mucho mayor al que había pagado.

Sin embargo, evadió el pedido fiscal gracias a esta iniciativa legislativa que, presentada en enero, apuntó a modificar el Código Penal y el Nuevo Código Procesal Penal, fue derivada con premura a la Comisión de Justicia y, dos meses después, estaba aprobada por mayoría incluso contra opinión del Poder Judicial y la Fiscalía de la Nación.
“A consideración de esta Presidencia, la propuesta legislativa no es viable, debido a que vulnera la naturaleza de la figura materia de análisis, toda vez que la suspensión de la prescripción resulta necesaria ante la existencia de situaciones particulares que impiden la persecución penal, es decir, que la continuación del proceso penal no depende de los organismos que integran la justicia penal, sino de la decisión de autoridades extrapenales. De modo que, durante el tiempo de duración de los referidos procedimientos, existe imposibilidad jurídica de persecución penal”, opinó el colegiado fiscal, citado por La República. La postura del Poder Judicial fue afín al señalar que requería mayor análisis y elaboración.
De esta cifra, 114 se encuentran en las comisiones ordinarias pendientes de ser debatidas para que pasen al Pleno, 28 cuentan con dictamen, 28 se encuentran en la agenda de la representación nacional, 12 son por otros asuntos y 28 ya son leyes, según un informe de El Comercio.
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