La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema admitió a trámite la apelación de la Fiscalía de la Nación para que la Procuraduría General del Estado y los abogados de los deudos de fallecidos en protestas no puedan interrogar a la presidenta Dina Boluarte y al presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola.
En el auto de calificación al que accedió Infobae Perú, la Fiscalía insiste en que el Código Procesal Penal “no habilita la intervención del procurador en la declaración del investigado” ni de “otros sujetos procesales”. Únicamente, afirman, se permite que formulen preguntas el representante del Ministerio Público y el abogado del imputado.
“El auto cuestionado es apelable porque produciría gravamen irreparable a la Fiscalía en su entendimiento de la realización de la declaración indagatoria de los investigados. Además, lo recurrió la parte legitimada (Fiscalía), se fijó en el recurso la pretensión procesal (causa de pedir y petitorio) con la incorporación de los argumentos fácticos y jurídicos correspondientes. El recurso se interpuso por escrito y dentro del plazo legal. Se ha cumplido los presupuestos procesales que rigen la admisión de los recursos”, resolvió la sala penal que preside el juez supremo César San Martín.
Por ello, el colegiado declaró “bien concedido” el recurso de apelación, por lo que “la causa está expedita para ser resuelta y se señalará fecha para la vista pública conforme a la programación de las causas de esta Sala Suprema”.

Según pudo conocer Infobae Perú, la Sala Penal Permanente aún no programa la audiencia en la que se analizará el fondo del asunto, pese al interés público del caso. La defensa de Boluarte invocó la falta de una sentencia en segunda instancia para que su patrocinada evite responder las preguntas de la Procuraduría y los abogados de las víctimas en protestas cuando la jefa de Estado se presentó en sede fiscal el martes 6 de junio.
Recurso de la Fiscalía favorece a Boluarte
La apelación de la Fiscalía está dirigida contra la resolución del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, a cargo del juez supremo Juan Carlos Checkley, quien en marzo de este año declaró fundado en parte la tutela de derechos formulada por la Procuraduría.
En su recurso, la Procuraduría reclamó que la Fiscalía no los haya citado a la continuación de la declaración del premier Alberto Otárola pese a haber participado en la primera sesión. Además, cuestionaron que ahora no se les permita formular preguntas.
Durante la audiencia, la institución que lidera Daniel Soria consideró “arbitrario” que el Ministerio Público se oponga a que participe “justo” en el caso de Boluarte y Otárola, cuando en otros casos no hubo objeciones.
En tanto, la Fiscalía invocó el Código Procesal Penal (CPP) para sostener que la ley “no admite, en el caso de las declaraciones de investigados, la participación de sujetos procesales distintos al fiscal investigador y el abogado defensor”.
Finalmente, Checkley resolvió que las reglas del CPP “no regulan expresamente una prohibición a la participación del agraviado durante las declaraciones en sede preliminar y preparatoria”. Sin embargo, precisó que toda intervención de la Procuraduría y las defensas de las víctimas deberá darse a través del representante del Ministerio Público.

Boluarte respondió “preguntas generales”
El abogado Carlos Rivera, defensa de los deudos de las víctimas en protestas, reveló que la presidenta Dina Boluarte respondió “muy pocas preguntas y todas absolutamente generales” y “fáciles de resolver”.
También advirtió que no hubo ninguna repregunta de la Fiscalía. “No reconoce ninguna responsabilidad y tampoco haber dado disposiciones a Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú”, agregó.
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