
En las últimas semanas se han conocido más casos de violencia contra la mujer, en todas sus formas, que han conmocionado al país. Esta problemática urge ser atendida con un enfoque multisectorial para evitar que más mujeres mueran a manos de sus parejas y exparejas.
La Defensoría del Pueblo resaltó que en el Perú existen limitaciones en el abordaje de la desaparición de mujeres desde la atención de las denuncias hasta la sistematización de la información de los casos. En esa línea, solicitó a la Policía Nacional del Perú (PNP) a emitir las notas de emergencia en todos los casos de desaparición de mujeres.
Junto al Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) realizaron un análisis de 23 procesos judiciales por el delito de feminicidio registrado en 10 regiones del país, en lo que encontraron las siguientes inconsistencias:
- Durante el proceso judicial, solo en 15 casos se hizo una referencia al hecho de desaparición
- En 8 de los casos se mencionó las actuaciones policiales por desaparición
- En 7 de los casos se informó de coordinaciones con el Ministerio Público.
- Solo en 6 de los casos se emitieron las notas de alerta por denuncia de desaparición.
- En ningún caso se informó sobre la emisión de alertas de emergencias
- En un caso se advirtió la demora en la emisión de la nota de alerta
Alerta de emergencia para todas las mujeres desaparecidas
Las alertas de emergencia de emite en el caso de mujeres desaparecidas que previamente han denunciado ser víctima de algún tipo de violencia y se encuentra en alto riesgo de vulnerabilidad. La Defensoría del Pueblo señaló que el Decreto Legislativo N° 1428 restringe la emisión de alertas de emergencia solo para estos casos y reiteró que es importante que la emisión de estas alertas se ordenen en todos los casos de desaparición de mujeres.
Explicó que, de acuerdo a información del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), solo el 29% de las mujeres que manifestaron haber sufrido episodios de violencia llegan a sentar una denuncia. “Lo expuesto impide que se garantice la debida diligencia reforzada frente a la desaparición para proteger la integridad de las víctimas”, indicó.
Asimismo, cuestionó que en los protocolos vigentes para la investigación de delitos de feminicidio no se haya considerado la desaparición de la víctima como antesala o posterior a su asesinato y ocultamiento del cadáver para intentar evadir la justicia.

Recomendaciones a las instituciones
La desaparición de mujeres es considerada normativamente, desde el 2022, como una manifestación de violencia contra las mujeres. Enfatizó que con los resultados obtenidos tras el análisis de los casos, es de suma importancia que el Congreso de la República modifique el D. L. 1428 para que las alertas de emergencia sean emitidas en todos los casos de desaparición de mujeres. “El cambio va a permitir una atención reforzada, célere y diligente por parte del Estado”, explicó.
Asimismo, solicitó que el delito de desaparición de mujeres por acción de particulares sea incorporado en el Código Penal.
También solicitó al Ministerio del Interior, Ministerio Público y Poder Judicial a actualizar sus protocolos de atención en los casos de violencia contra la mujer y perfeccionar la interpretación del delito de feminicidio.
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