
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) amplió hasta febrero el plazo para la presentación de la declaración mensual y pago de impuestos del periodo diciembre del 2022, así como las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras llevados de forma electrónica.
El ente recaudador detalló que esta es una de las medidas anunciadas recientemente por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), y que forman parte del plan ‘Con Punche Perú’, que busca la reactivación de la actividad económica.
Los nuevos plazos para la declaración y pago de impuestos mensuales serán de aplicación para los contribuyentes comprendidos en el artículo 5 de la Resolución de Superintendencia N.º 01-2023/Sunat, es decir, para quienes en el periodo noviembre 2021 y octubre 2022 hayan obtenido ingresos por rentas de tercera categoría (rentas empresariales) que no superen las 1.700 unidades impositivas tributarias (UIT).
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Así, se podrá presentar la declaración de impuestos del periodo diciembre 2022 entre el 15 y 23 de febrero del 2023, de acuerdo con el último dígito de su RUC, es decir, 30 días después del plazo inicialmente establecido, señaló la Sunat.
Nuevos plazos
En cuanto a los nuevos plazos para las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos correspondientes al período diciembre 2022, estas serán del 14 al 22 de febrero del 2023, según su último dígito de RUC.

Por otro lado, la entidad estatal mencionó que la norma indica que la prórroga para la presentación de estas obligaciones mensuales es para aquellos contribuyentes que entre noviembre del 2021 y octubre del 2022:
- Sean contribuyentes del nuevo RUS en todos esos períodos
- Sean personas naturales que no han tenido ingresos que califiquen como rentas de tercera categoría ni hubieran sido sujetos del nuevo RUS
- Sean contribuyentes inafectos del impuesto a la renta (IR), distintos al sector público nacional
- Sean contribuyentes exonerados del IR y realicen, únicamente, operaciones exoneradas del impuesto general a las ventas (IGV).
En otro momento, Sunat resaltó que, si el contribuyente tiene menos de 12 meses de actividad económica a octubre del 2022, se consideran los períodos desde que inició actividad.
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Para obtener más información sobre este beneficio, los contribuyentes se pueden comunicarse con la central de consultas telefónicas al 0-801-12-100 o 315-0730 o visitar el portal www.sunat.gob.pe, en el que encontrará orientación y asistencia sin necesidad de salir de casa.
Liberación del fondo de detracciones
Por otro lado, Sunat informó que este viernes 13 de enero vence el plazo para que los contribuyentes soliciten, de manera excepcional, la liberación del fondo de detracciones.
Este beneficio desarrollado como parte del plan ‘Con Punche Perú’, impulsado por el MEF, otorga facilidades para que los contribuyentes cuenten con mayor liquidez para mitigar los efectos económicos ocasionados por los diversos conflictos sociales que originaron la declaratoria del estado de emergencia a escala nacional.

La solicitud de liberación de fondos aplica para los depósitos hechos en la cuenta convencional o cuenta especial IVAP y se presenta por medio del Formulario Virtual 1697 Solicitud de Liberación de Fondos, siguiendo las instrucciones que proporciona el sistema.
Para la modalidad de cobro “Abono en cuenta bancaria” deberá registrar su Código de Cuenta Interbancario (CCI) en el módulo de CCI Único de Sunat Operaciones en Línea, y verificar que esté activo.
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¿Quiénes acceden a este beneficio?
- Están comprendidos los contribuyentes cuyas declaraciones mensuales de los períodos tributarios noviembre del 2021 a octubre del 2022 hubieran tenido ingresos de hasta 1700) UIT.
- Cuando el solicitante sea titular, tanto de una cuenta convencional como de una cuenta especial IVAP, la solicitud solo comprende el saldo acumulado en la primera. En cambio, si el solicitante es titular únicamente de una cuenta especial IVAP, la solicitud comprende el saldo acumulado en esta última.
La solicitud comprende el saldo acumulado en la cuenta hasta el 4 de enero del 2023.
Mediante el sistema de detracciones, se generan los fondos para el pago de los impuestos recaudados por la Sunat, mediante depósitos que se deben efectuar en las cuentas que tienen habilitadas en el Banco de la Nación.
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