
Panamá registró 10,031 denuncias por presuntos delitos de hurto entre enero y julio de 2026, según cifras preliminares del Ministerio Público. El resultado representa un aumento de 2% frente a los 9.853 casos contabilizados durante el mismo periodo de 2025, equivalente a 178 denuncias adicionales.
Julio fue el mes con más reportes, al acumular 1.558, seguido por mayo, con 1,506, y junio, con 1,437. Abril presentó la cantidad más baja del periodo, con 1,345. Los datos reflejan que el segundo trimestre cerró con una tendencia ascendente, pese a las variaciones mensuales.
El hurto agravado encabezó las estadísticas con 4,557 denuncias, equivalentes al 45,4% del total, mientras el hurto simple sumó 4.367. También fueron reportados 526 casos de hurto pecuario, 490 relacionados con vehículos, 47 por tenencia de automóviles o accesorios hurtados y 44 hurtos pecuarios o hidrobiológicos.
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La comparación interanual muestra comportamientos diferentes. El hurto simple aumentó 9% y los casos vinculados con vehículos crecieron 4%, mientras el hurto agravado disminuyó 3%. El hurto pecuario cayó 11%, pero la modalidad pecuaria o hidrobiológica avanzó 69%, al pasar de 26 a 44 denuncias.

La provincia de Panamá concentró 5.432 casos, más de la mitad del total nacional, seguida por Panamá Oeste, con 1.053, y Chiriquí, con 1.005. San Miguelito acumuló 626 denuncias. En términos porcentuales, Los Santos registró un aumento de 24%, mientras la comarca Ngäbe Buglé creció 17%.
La legislación panameña diferencia el hurto del robo por la forma utilizada para apoderarse del bien. El artículo 213 del Código Penal define el hurto como tomar una cosa mueble ajena sin que sea indispensable ejercer violencia o intimidación contra una persona. La pena básica contempla prisión de uno a tres años u otras sanciones equivalentes.
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El hurto se considera agravado cuando concurren circunstancias que aumentan la gravedad de la conducta. Entre ellas figuran cometerlo con destreza, abuso de confianza, durante la noche en una vivienda o rompiendo obstáculos destinados a proteger personas o propiedades, según el artículo 214 del Código Penal.
También se agrava cuando ocurre en centros educativos, hospitales, oficinas o establecimientos públicos, iglesias y templos religiosos, o cuando afecta a turistas, usuarios del transporte público o bienes destinados a servicios esenciales. En estos supuestos, la sanción puede alcanzar entre cinco y diez años de prisión.
Después de los hurtos, el Ministerio Público contabilizó 2.813 denuncias por presuntos robos durante los primeros siete meses de 2026. La cifra disminuyó 6,7% frente a los 3.016 casos registrados un año antes, lo que representa 203 reportes menos en la comparación interanual.
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Los robos agravados fueron mayoría, con 1,528 casos, equivalentes al 54,3% del total, mientras la modalidad contemplada en el artículo 218 acumuló 1,285. Abril registró la mayor incidencia mensual, con 437 denuncias, seguido por enero, con 417, y julio, con 414 expedientes.
La provincia de Panamá volvió a encabezar el registro, con 1.558 robos reportados hasta julio, mientras Panamá Oeste sumó 343 y San Miguelito contabilizó 305. Chiriquí acumuló 217 y Colón 133. Veraguas y la comarca Ngäbe Buglé presentaron aumentos de 43% frente a 2025.
A diferencia del hurto, el robo implica que el responsable utiliza violencia o intimidación contra la persona para apoderarse de un bien ajeno. El artículo 218 establece para esta conducta una pena de siete a doce años de prisión, considerablemente superior a la prevista para el hurto simple.
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El robo se convierte en agravado cuando es cometido con armas, por una persona enmascarada o por dos o más participantes. También recibe esta calificación si afecta la libertad de la víctima, causa lesiones o perjudica a turistas, conductores o usuarios del transporte público, de acuerdo con el artículo 219 del Código Penal.

La reforma aprobada en diciembre de 2024 incorporó además como agravante que el robo ocurra en centros educativos, centros de salud u hospitales, públicos o privados. En cualquiera de las circunstancias señaladas, la pena correspondiente al robo puede aumentarse hasta la mitad, según la Presidencia de Panamá.
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La diferencia fundamental, por tanto, no depende solamente del valor del objeto sustraído, sino del mecanismo empleado. Si alguien toma el bien sin enfrentar a la víctima, puede configurarse un hurto; si utiliza violencia o amenazas, la conducta puede ser investigada como robo, sujeto a sanciones más severas.
En conjunto, ambos informes contabilizaron 12.844 noticias criminales relacionadas con hurtos y robos entre enero y julio de 2026. Sin embargo, estas cifras corresponden a denuncias preliminares: no representan automáticamente delitos comprobados ni personas condenadas, pues cada caso debe ser investigado y resuelto por las autoridades judiciales.
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