Impulsan cambios a la protección laboral de pacientes con enfermedades crónicas en Panamá

La reforma buscaría cerrar vacíos detectados en la legislación y evitar afectaciones económicas durante tratamientos, cirugías o incapacidades médicas

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Manos de una persona sostienen un glucómetro y un punzador para tomar una muestra de sangre del dedo, en un escritorio con teclado y monitor de computadora.
La Ley 59 protege a los trabajadores diagnosticados con enfermedades crónicas, involutivas o degenerativas que produzcan discapacidad laboral. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Ley 59 nació en Panamá para evitar que una enfermedad crónica se convirtiera en un motivo de despido, pero dos décadas después enfrenta cuestionamientos por un vacío que, según pacientes y diputados, sigue afectando a cientos de trabajadores: conservar el empleo no siempre significa conservar el salario.

Ese es el eje de una propuesta de reforma que comenzó a discutirse en la Asamblea Nacional.

La iniciativa es impulsada por el despacho de la diputada Paulette Thomas, que organizó un conversatorio con pacientes, especialistas y representantes de distintos sectores para recoger propuestas que permitan actualizar la legislación vigente y fortalecer la protección laboral de quienes padecen enfermedades crónicas, degenerativas o involutivas.

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Thomas explicó que uno de los principales problemas detectados es que la Ley 59 del 28 de diciembre de 2005 garantiza la permanencia en el puesto de trabajo, pero no protege adecuadamente a los colaboradores cuyos ingresos dependen en gran medida de comisiones, bonos, incentivos, cumplimiento de metas o indicadores de gestión.

Según la diputada, muchos trabajadores que deben someterse a tratamientos prolongados, cirugías o asistir periódicamente a citas médicas logran conservar su empleo, pero ven reducidos significativamente sus ingresos porque no pueden cumplir las metas exigidas para acceder a esos pagos variables.

"Hemos identificado vacíos que afectan a trabajadores cuyos ingresos dependen de comisiones, bonos e incentivos", señaló la diputada Paulette Thomas, presidenta de la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional. Tomada de la AN
"Hemos identificado vacíos que afectan a trabajadores cuyos ingresos dependen de comisiones, bonos e incentivos", señaló la diputada Paulette Thomas, presidenta de la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional. Tomada de la AN

“Ese es uno de los vacíos que queremos corregir", sostuvo la diputada, quien indicó que las reformas buscan adaptar una ley aprobada hace casi veinte años a las nuevas realidades del mercado laboral.

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La propuesta también pretende establecer procedimientos más claros para la aplicación de la norma.

Entre los aspectos que buscan incorporarse figuran reglas específicas sobre cómo el trabajador debe acreditar su condición médica, qué documentos mínimos deberá presentar, cuáles serán los plazos para que el empleador evalúe la solicitud y cuáles serán las obligaciones de ambas partes durante el proceso.

La Ley 59, que adopta normas de protección laboral para las personas con enfermedades crónicas, involutivas y degenerativas que produzcan discapacidad laboral, establece que ningún trabajador podrá ser despedido por esa condición siempre que pueda desempeñar funciones compatibles con su estado de salud.

El conversatorio reunió a pacientes que compartieron las dificultades que enfrentan para mantener sus ingresos mientras reciben tratamiento. Tomada de la AN
El conversatorio reunió a pacientes que compartieron las dificultades que enfrentan para mantener sus ingresos mientras reciben tratamiento. Tomada de la AN

También prohíbe cualquier forma de discriminación o presión para inducir al colaborador a renunciar y exige autorización judicial previa antes de proceder con un despido.

La legislación incluso define cuáles enfermedades están comprendidas dentro de su alcance.

En el caso de las enfermedades crónicas, señala que son aquellas cuyo tratamiento se prolonga por más de tres meses y tiene un carácter paliativo, no curativo. Como ejemplos menciona la diabetes mellitus, las lesiones tumorales malignas (cáncer), la hipertensión arterial y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (VIH/Sida).

También incluye enfermedades involutivas, como la esclerosis múltiple, y enfermedades degenerativas como la artritis reumatoide, la osteoartritis y diversas patologías del sistema nervioso central y periférico.

Primer plano de una persona abriendo un cajón de escritorio que contiene múltiples frascos de medicamentos blancos, naranjas y marrones con tapas de colores.
La normativa prohíbe despedir a un trabajador por padecer una enfermedad protegida, salvo que exista una causa justificada y autorización judicial. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La discusión sobre una eventual reforma cobra relevancia en un momento en que las enfermedades crónicas representan uno de los principales problemas de salud pública en Panamá.

De acuerdo con datos del Ministerio de Salud, el 42% de la población panameña padece hipertensión arterial, mientras que aproximadamente el 15% de las personas mayores de 15 años vive con diabetes, dos de las enfermedades expresamente protegidas por la Ley 59.

La Caja de Seguro Social también ha advertido que más de la mitad de la población panameña presenta al menos una enfermedad crónica, una realidad que impacta tanto al sistema sanitario como al mercado laboral y que aumenta la necesidad de contar con normas que garanticen la estabilidad de los trabajadores durante sus tratamientos.

Al conversatorio asistieron pacientes oncológicos, entre ellos Michel Despaigne y Louris Higueral, quienes compartieron las dificultades que enfrentaron tras recibir un diagnóstico de cáncer mientras mantenían una relación laboral.

Una mesa de madera con un portátil, dos cuadernos, un bolígrafo, un teléfono móvil y una carpeta azul que dice "Historial Médico", con dos personas sentadas.
La iniciativa pretende establecer reglas más claras sobre la documentación médica y los procedimientos que deben seguir trabajadores y empleadores. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Los participantes coincidieron en que la protección no debe limitarse a impedir el despido, sino que también debe contemplar mecanismos que eviten afectaciones económicas derivadas de las ausencias justificadas por tratamientos médicos o recuperaciones postoperatorias.

Otro de los puntos planteados durante la jornada fue la necesidad de brindar mayor seguridad jurídica tanto a trabajadores como a empleadores, mediante procedimientos claramente establecidos que reduzcan conflictos y eviten interpretaciones distintas sobre la aplicación de la ley.

Las propuestas recogidas durante el conversatorio servirán de base para la elaboración de un proyecto de ley que será presentado en la Asamblea Nacional.

La intención, según Thomas, es actualizar una norma que durante dos décadas ha protegido el derecho al trabajo de miles de personas, pero que ahora requiere ajustes para responder a las nuevas formas de remuneración y a las necesidades de quienes enfrentan enfermedades de larga duración sin renunciar a su vida laboral.

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