
En estos días, la separación de Pampita y Roberto García Moritán está en boca de todos. No hay quién no hable sobre lo que está pasando entre la modelo y el político, quienes se casaron hace casi cinco años, tuvieron una hija y apostaron a la familia ensamblada. Hoy en día se encuentran separados de hecho y todo parece indicar que será uno de los tantos matrimonios que terminen en divorcio.
Todos sabemos que Pampita es una de las figuras públicas mejor remuneradas en el rubro. Son innumerables las marcas que la eligen y ella ha logrado convertir sus redes sociales en un negocio rentable. De hecho, se han mencionado cifras altísimas que la modelo estaría pidiendo por acciones publicitarias (¡y lo bien que hace en pedirlas si se las pagan!)
Es lógico suponer que el presupuesto familiar mensual también es elevado, y que Pampita debe afrontarlo casi de manera íntegra. Algunos periodistas de hecho han sugerido que este aspecto financiero podría haber sido un factor clave en la crisis. No lo sé, ni me interesa. Lo relevante aquí es que la modelo argentina parece haber sido precavida. ¿Qué hizo? Lo que siempre recomiendo a muchas celebridades en situaciones similares: firmó un contrato prenupcial o, mejor dicho, porque poco más acepta la ley argentina, optó por el régimen patrimonial de separación de bienes.
¿Qué significa esto? De cara al posible divorcio, la situación financiera estará mejor organizada. Será más sencillo resolver los asuntos económicos, y Pampita habrá protegido de manera más eficiente sus bienes. Estoy cansado de ver a figuras públicas casarse sin prever estas contingencias, solo para arrepentirse (por tiempo) después.
Bien por Pampita que fue cuidadosa. La aplaudo. Y, por si tienen dudas, les cuento un poco en qué consiste un contrato o acuerdo prenupcial, que tanto escuchamos ahora. Espero, por otra parte, que pronto puedan subscribirse en Argentina en toda su amplitud, ya que no tiene sentido que exista libertar contractual en casi todos los ámbitos de la vida privada de los individuos, pero no en este.
¿Qué es un acuerdo prenupcial?
Un acuerdo prenupcial es, en esencia, un contrato entre dos personas antes del matrimonio que, en muchas jurisdicciones, puede firmarse también luego de celebradas las nupcias. En el documento se especifican los activos de cada uno de los esposos y cómo se repartirán los bienes en caso de que el matrimonio llegue a su fin. En los países donde están permitidos, que son cada vez más, estos acuerdos reemplazan el régimen patrimonial del matrimonio que prevén sus leyes por default.
Además, se pueden detallar las deudas que cada uno declare, las donaciones recíprocas que se hagan entre cónyuges, e incluso, es habitual entre celebrities incluir cláusulas indemnizatorias por infidelidad pública, que trascienda fuertemente en los medios y también por críticas de cierta envergadura o relevancia. También pueden agregarse estipulaciones sobre la educación de los hijos, no sobre el régimen de tenencia o visitas, o sobre las mascotas.
Estos acuerdos, conocidos muchas veces como prenups, se pueden firmar independientemente de la existencia del contrato matrimonial. Obviamente, el nombre del documento no será “acuerdo prematrimonial” sino otro, pero la esencia es la misma. En este caso, sin embargo, sí hubo matrimonio. Y parece que también hubo una planificación patrimonial previa al mismo, ¡por suerte!
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