
La encarnizada batalla política que se está librando en el Senado de la Nación entre los partidos del gobierno y los partidos de la oposición con el único designio de someter a la Justicia a sus intereses espurios, es una muestra cabal de esta calamidad.
Hasta el más desprevenido se pregunta: ¿Acaso el trasfondo de esta guerra política es el propósito altruista y patriótico de afianzar la independencia y la autonomía de la Justicia, en aras del bien común de la sociedad?
En los hechos, el artículo 114 de la Constitución Nacional que instituyó el Consejo de la Magistratura, subordinó la Justicia a los intereses del poder político de turno.
La República Argentina es el único país del mundo que integra el Consejo de la Magistratura con senadores nacionales, diputados nacionales y representante del Poder Ejecutivo Nacional.
La injerencia –en el más exacto sentido del término- de los otros poderes del Estado en el Poder Judicial, vulnera en forma flagrante el principio republicano de “división de poderes”. Esta es la única razón por la cual ningún país republicano del mundo civilizado incurre en este desatino.
La presencia dominante de los otros dos poderes del Estado en el órgano de gobierno del Poder Judicial de la Nación (el 45% del total de los consejeros), convierte a este órgano extra-poder en una “unidad básica” o en un “comité” partidario, en el cual sólo se debaten cuestiones políticas de facción y ninguna vinculada con la “independencia”, autonomía y eficiencia de la Justicia.
La única solución de este infortunio que afecta a la República, es una reforma constitucional circunscripta a reemplazar el nuevo art. 114 de la Constitución Nacional por otra norma que no incluya a los otros poderes del estado, ni a políticos, en el órgano de conducción y administración de la Justicia.
La República del Perú, mediante la reforma constitucional de 2018, reemplazó el anterior Consejo Nacional de la Magistratura, politizado y desprestigiado como el argentino, por la actual “Junta Nacional de Justicia”, integrada solo por personas e instituciones vinculadas al mundo del derecho y sin ningún representante de la corporación política.
Los partidos del gobierno y de la oposición, ¿serán capaces de hacer prevalecer el interés superior de la República por sobre sus intereses de facción y restituir la JUSTICIA a la sociedad, su única y excluyente destinataria según la Ley Suprema?
* Luis René Herrero, ex juez de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social
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