¿Avanza el intercambio automático de información con Estados Unidos?

Ni el propio IRS cuenta con la totalidad de la información relativa a titulares extranjeros de cuentas en entidades bancarias o brokers de Estados Unidos, solo de los intereses, dividendos y en algunos casos de operaciones de compraventa de activos financieros

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El ingreso al IRS en Washington, EEUU (REUTERS/Erin Scott/File Photo)
El ingreso al IRS en Washington, EEUU (REUTERS/Erin Scott/File Photo)

Desde que comentamos por Twitter que una persona conocida había sido notificado por sus bancos en Estados Unidos que el IRS (Internal Revenue Service) estaba solicitando información relativa a sus activos financieros en dicho ámbito, todo fue precipitándose a altas velocidades, lo que solo era la aplicación de aquel viejo acuerdo firmado en la era Prat Gay, en diciembre de 2016, en pleno blanqueo, mediante el cual ambos países se comprometían a intercambiar información a requerimiento, al día de hoy en que suena un inminente acuerdo de intercambio automático de información financiera.

A efectos de evaluar los antecedentes de los acuerdos mencionados, Estados Unidos creó el FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act) en 2010. Esta medida fuerza de algún modo a las entidades financieras alrededor del mundo a reportar a Estados Unidos, las cuentas y operaciones de nacionales o residentes americanos en dichos países, a partir de esta idea, unos años más tarde la OECD (Organization for economic Co-operation and Development) crea un sistema de intercambio automático, al que paulatinamente se fueron sumando más y más países, el CRS (Common Reporting Standard) es así el sistema de intercambio más usado en la actualidad.

Quizá una curiosidad es que Estados Unidos, creador del FATCA, invitado a sumarse al sistema de CRS, respondió por la negativa, el país del norte obtenía la información que deseaba a través del FATCA. No le hacía falta sumarse a un sistema masivo de intercambio, por otro lado, en aquel entonces cumplía con dos objetivos, obtener información y complicar la apertura de cuentas bancarias offshore para americanos.

Estados Unidos, es el centro financiero, ya tiene la información que necesita, tiene la posición dominante en el mundo, y de hecho lo que ocurre es que impone las reglas, y en la práctica, lo que hace es establecer tratados bilaterales con aquellos países con los que puede obtener algún provecho o que de algún modo les interesen.

Cuáles son los motivos, de acuerdo a fuentes periodísticas, por los cuales ahora el “tío Sam”, hipotéticamente estaría dispuesto a intercambiar de modo automático información con nuestro país, los motivos que se escuchan en el mercado son de todo tipo y color:

- Porque hay una buena relación con Massa.

- Porque eventualmente lo que se recaude de las cuentas no declaradas en el exterior en parte ira directamente a cancelar deuda con el FMI.

- Porque Estados Unidos no simpatiza con las grandes transferencias ilegales descubiertas por un agente especial del FBI, junto con el Departamento de Justicia de los EEUU. Cuando detectaron UDS 10,5 millones girados por un bróker argentino hacia el Metropolitan Commercial Bank.

- Porque EEUU teme que a partir de estas transferencias luego se financien actividades ilegales o terrorismo.

- Porque pareciera ser que Argentina es hoy uno de los líderes en envío de dólares ilegales al exterior.

- Porque el país del norte se cansó de ser un refugio para evasores.

Sin parecer demasiado convincentes, todos estos motivos han sido esgrimidos, pero Estados Unidos tiene la información que le hace falta, siendo que es un país muy práctico no se entiende cual sería el beneficio a obtener. Quizá, al contrario, un rumor más contundente de intercambio automático implique fuga de depósitos, no solo de argentinos sino de un sin número de depositantes que pertenecen a países de alta tributación, que teman a su vez ser reportados en un futuro próximo.

Se debe destacar que Estados Unidos, mayormente en dos formatos, ha firmado acuerdos bilaterales con un gran número de países. Tiene acuerdos recíprocos, los Acuerdos Intergubernamentales (IGA 1), con 110 naciones. Estas naciones son los socios de FATCA. Bajo el IGA 1, las instituciones financieras extranjeras están proporcionando al Tesoro de los Estados Unidos “más” información de la que los Estados Unidos están proporcionando a sus socios de FATCA.

Debajo podemos observar la asimetría entre la información remitida por uno y otro país:

infobae

En el documento denominado “General Explanations of the Administration’s Fiscal Year 2023 Revenue Proposals”, de marzo de este año, el Departamento del Tesoro recomienda incrementar el nivel de información a suministrar por las entidades financieras a efectos de intercambiar información, entre las recomendaciones destacamos las siguientes:

- Exigir que ciertas instituciones financieras informen el saldo de la cuenta (incluido, en el caso de un contrato de seguro de valor en efectivo o un contrato de anualidad, el valor en efectivo o el valor de rescate) para todas las cuentas financieras mantenidas por personas extranjeras en una entidad de los Estados Unidos.

- Ampliar los informes actuales requeridos con respecto a los ingresos de fuente estadounidense pagados a cuentas mantenidas por personas extranjeras para incluir similares no estadounidenses.

- Pagos en origen: exigir a las instituciones financieras que informen sobre los ingresos brutos procedentes de la venta o el reembolso de bienes mantenidos en una cuenta financiera mantenida por una persona extranjera, o con respecto a ella.

- Exigir a las instituciones financieras que comuniquen información sobre determinadas entidades pasivas y sus propietarios extranjeros. Por ejemplo, una institución financiera que mantiene una cuenta para una entidad pasiva que es un fideicomiso tendría que obtener y reportar al IRS información sobre el propietario/s del fideicomiso.

- La propuesta requeriría que los corredores, como los exchanges de activos digitales de los Estados Unidos, reporten información relacionada con los propietarios extranjeros sustanciales de las entidades pasivas. La propuesta, si se adopta, y combinada con la ley existente, requeriría que un corredor informe los ingresos brutos y cualquier otra información con respecto a las ventas de activos digitales con relación a los clientes y, en el caso de ciertas entidades pasivas, a sus propietarios extranjeros sustanciales.

Todas estas medidas, que incrementarían las obligaciones de las entidades financieras en cuanto a sus reportes hacia el Internal Revenue Service, generaran la posibilidad de intercambiar un nivel mayor de información con los países con los cuales se hayan firmado o se firmen acuerdos, pero nada indica que Argentina sea hoy un gran candidato para recibir este galardón.

Para terminar, está claro que ni el propio IRS cuenta con la totalidad de la información relativa a titulares extranjeros de cuentas en entidades bancarias o brokers de Estados Unidos, solo de los intereses, dividendos y en algunos casos de operaciones de compraventa de activos financieros.

Adicionalmente, por lo general no se requiere a las entidades financieras reportar quienes son los titulares de compañías americanas beneficiarias de los ingresos mencionados en el párrafo anterior (por ejemplo, accionistas de una sociedad anónima americana, socios de una LLC, o bien integrantes de un fideicomiso), es de destacar que tampoco los propietarios extranjeros de inmuebles son reportados de modo automático a la autoridad fiscal.

En resumen:

En Estados Unidos se está pensando en incrementar el nivel de reporte de los bancos con relación a activos financieros de los extranjeros, a efectos de intercambiar con los países que ellos consideren adecuados.

En la actualidad la información con la que cuenta el estado americano es bastante limitada.

De firmarse un acuerdo, por lo general su aplicación demora, dadas las reglamentaciones y formalidades necesarias, y solo se obtendría información parcial, y a partir de determinado punto en el tiempo -que hoy se desconoce-, y que bien puede ser en el futuro

Si la firma ocurriera sería más un guiño al gobierno que asuma a fines de 2023, que, a la actual gestión, dado que los tiempos entre reglamentación, formalidades, necesidades de confidencialidad y capacidad de auditoria por parte de AFIP tornarían casi imposible su aplicación en un plazo corto de tiempo.

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