
Para poder discutir una infracción uno debe realizar un descargo, el cual debe estar basado principalmente en alguno de los siguientes elementos.
-Inexistencia de la falta. Es decir cuando la supuesta infracción no existió, por ejemplo una multa de mal estacionamiento en un área donde si se permite estacionar.
-Prescripción. Habiéndose cumplido el plazo de prescripción que establece la ley (hoy en día rige 5 años para todo el país) y no existiendo ninguna causal de interrupción uno debe pedir el archivo de la misma por prescripción
-Defecto de forma. La conducta descripta en la multa existe sin embargo la misma carece de algún elemento esencial para que sea válida, por ejemplo en el caso de una multa manual la firma del agente que la labro.
-Situación excepcional. Por ejemplo un exceso de velocidad cuando hay emergencia médica que lo amerite, siempre dentro de un marco razonable (y con la documentación que lo acredite)

En el caso de las multas se produce un hecho atípico comparado al resto del derecho, existe lo que se llama una inversión en la carga de la prueba, es decir que la multa (que cumpla con los requisitos de forma) se considera válida, y es el presunto infractor quien debe probar que la misma no corresponde.
Es decir que la defensa que muchas veces se argumenta de “es mi palabra contra la del otro” no aplica, el agente de tránsito tiene poder de policía para labrar el acta y la misma se presume válida sin más que ello. El infractor es quien debe aportar la prueba de que la misma no corresponde, por ejemplo en un caso de estacionamiento prohibido demostrar que ahí se puede estacionar.
El descargo se solía realizar de manera presencial ante la autoridad competente (juez o controlador de faltas), o bien por carta cuando uno se domicilia fuera del ámbito de jurisdicción del juzgado. Sin embargo la situación actual en nuestro país, y en el mundo, de pandemia a raíz del COVID-19 han modificado las maneras de poder resolver los temas de infracciones.
La pandemia ha migrado muchos elementos de nuestra sociedad hacia lo virtual y las infracciones no son la excepción.
Hoy en día los descargos se realizan a través de medios digitales. La Dirección General de Administración de Infracciones sigue sin atención al público de manera física, salvo casos de retención de licencia o vehículo. En su lugar el contacto con el controlador, mediante el cual uno puede realizar el descargo se realiza vi un chat web (https://www.buenosaires.gob.ar/consulta-de-infracciones) o whatsapp.
Uno debe aportar la documentación que acredite personería, es decir en el caso de particulares, su DNI y cédula verde o azul del vehículo, y a través del chat se realiza el descargo, aporta pruebas y el controlador luego resuelve emitiéndole el comprobante de pago en caso de ser necesario o bien archivando las actas en aquellos casos que lo amerite.
Por otro lado la provincia de Buenos Aires tiene la opción a través de su web (https://infraccionesba.gba.gob.ar) de realizar y enviar el descargo (una vez registrado en la misma y validando personería), y luego será notificado de la resolución del mismo (a diferencia del sistema de CABA no es un chat directo con el juez de faltas).
Si bien la renovación de licencias de conducir se encuentra prorrogada, aquellas personas que deben renovar de todas maneras ya que alguna entidad les requiere la licencia física vigente o viajan al exterior, o bien debe transferir el vehículo y necesitar liberar las infracciones del mismo para poder tener el formulario 13i, la opción de realizar los descargos de manera virtual permite a quien lo desea poder resolver sus infracciones hoy en día sin necesidad de tener que esperar los organizamos reabran y funcionen como antes.
Es dable destacar que al día de hoy el valor de la Unidad Fija en Capital Federal es de $39 y en Provincia de Buenos Aires $79.90 de acuerdo a la última actualización para cada jurisdicción.
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