Los niños soldados en la Argentina

Liliana Hebe Litterio

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¿A quién no conmueve ver la foto de una niña de aproximadamente 5 años con un fusil en sus pequeñas manos? Yo no solo me conmoví cuando observé esa imagen que ilustra un estremecedor artículo de Adriana Chica García sobre Colombia, publicado por Infobae el 18 de febrero, sino que ese fue el disparador para escribir esta breve nota de opinión. En un segundo plano, en la foto aparecen otros niños soldados cuyas edades se desdibujan porque visten armados el uniforme de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y algunos de ellos hasta sonríen, como normalmente se hace cuando uno es fotografiado. Solo que en este caso están entrenados para matar.

En muchas provincias argentinas existen los conocidos "soldaditos de la droga". La expresión suena extraña y perturba o incomoda, pero lamentablemente refleja a la perfección la cruel realidad que pretende transmitir. Es escandaloso que haya niños que "trabajan" como soldados de la droga en la Argentina. Desde ya que no se trata de trabajo sino de explotación.

Todos sabemos que son utilizados, v. gr., en la provincia de Santa Fe, especialmente en la ciudad de Rosario; en la de Córdoba, en muchas ciudades; en la de Mendoza, en barrios del Gran Mendoza; en la de Catamarca, en barrios del centro y alejados; en la de Buenos Aires, por ejemplo, en La Cárcova de San Martín y en Puerta de Hierro de La Matanza. Y las modalidades son variadas, a veces venden la droga dentro de un búnker (están encerrados en una pequeña construcción precaria en la que casi no pueden respirar) o hacen delivery de droga; otras veces son los encargados de recibirla o actúan como guardias en los puestos de venta y en las cocinas avisando si viene la policía o si se acerca algún extraño. Muchos de ellos están armados. En general, los hay a partir de los 10 años.

Eso explica la presencia de tantos niños y adolescentes en distintas localidades de nuestro país dedicados a vender drogas y a proteger búnkeres y mafiosos; terminan algunas veces muertos en la calle como consecuencia de esas actividades delictivas altamente peligrosas. Todo eso, como verdaderos soldados del horror.

De ese modo también se inician y permanecen en el consumo de estupefacientes, porque, incluso, muchas veces se les paga con droga. Además, a menudo participa toda la familia, incluida la madre, quien desgraciadamente suele constituirse en un eslabón importante en esa cadena delictiva, utilizando a sus hijos para los mismos fines.

Esos son los hechos brevemente relatados. Desde el punto de vista normativo, además de la regla básica en materia de prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente, que es la ley 26390 y que, obviamente, no consiente forma de explotación alguna (no es del caso detenernos en ella ahora), están las previsiones relativas a la explotación de los niños en actividades delictivas.

El convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la erradicación de las peores formas de trabajo infantil, 1999, ratificado por la Argentina, se aplica a todas las personas menores de 18 años y compromete a adoptar medidas inmediatas y eficaces con carácter urgente (conviene aclarar aquí que, si bien todas las formas de trabajo infantil son malas, por eso están prohibidas en general, algunas de ellas son peores que otras). Entre las peores formas se encuentran las vinculadas con el reclutamiento de niños para usarlos en conflictos armados y en la producción y el tráfico de estupefacientes.

También hay normas penales que castigan delitos cometidos con respecto a personas menores en las circunstancias que nos ocupan.

Por momentos existe la tentación de preguntarse: ¿Por qué hablar de normas si, en definitiva, es como si no existieran? Evidentemente, si se cumplieran, nada de lo expuesto sucedería. Sin embargo, inmediatamente aparece la imperiosa necesidad de imponerlas una y otra vez, siempre que hagan falta. Y hacen falta siempre.

Están ahí, esperando su debido cumplimiento. Las consecuencias del incumplimiento de las normas en general (sobre intervención, rescate, reinserción social, contención, control, prevención, presupuesto, escolaridad, sanidad, empleo adolescente) generan las desastrosas consecuencias de las que da cuenta esta breve nota y otras muchas más.

Mientras tanto, advierto que la IV Conferencia Mundial sobre la Erradicación Sostenida del Trabajo Infantil, celebrada en noviembre pasado en Buenos Aires, se propuso ciertas metas: reforzar los compromisos mundiales para acelerar la erradicación del trabajo infantil para 2025, y el trabajo forzoso, la esclavitud moderna y la trata de seres humanos para 2030. En principio, no se entiende esta diversidad de plazos, máxime cuando el trabajo forzoso, la esclavitud y la trata constituyen algunas de las peores formas de trabajo infantil y por su gravedad exigen su eliminación inmediata, sin ningún tipo de plazos, que más bien evocan una suerte de moratoria.

En virtud de lo expuesto y, sin perjuicio de rescatar las valiosas actitudes individuales, institucionales, de organizaciones no gubernamentales, sacerdotes, comunidades religiosas, algunos colegios y maestros, médicos, clubes barriales, y de la labor de algunos fiscales, jueces, policías e integrantes de la sociedad civil en particular, me parece imprescindible la acción comprometida y permanente del Estado en la acepción más amplia del término. Lo importante es actuar. Esa es la única forma de que las conductas delictivas se reviertan. No podemos sentarnos a esperar.

La autora es abogada, doctora en Derecho, profesora de la UBA y otras universidades, investigadora del trabajo infantil. Autora de numerosos libros y artículos.