
El Colectivo de Derechos Humanos para la Memoria Histórica de Nicaragua ha exigido que el Estado nicaragüense acate en su totalidad la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en relación con la muerte violenta de Dina Carrión González.
Para la organización, el fallo constituye un referente que expone la obligación internacional de Nicaragua de actuar con diligencia reforzada y perspectiva de género.
La CorteIDH determinó que Nicaragua es responsable por la deficiente investigación y la ausencia de enfoque de género en el caso de Carrión, fallecida el 23 de abril de 2010. Según el tribunal, el proceso estuvo marcado por estereotipos negativos y omisiones, en lugar de cumplir con los estándares debidos ante un posible feminicidio.
El tribunal internacional señaló que la víctima, quien se encontraba en proceso de divorcio y tenía una relación caracterizada por la violencia, no recibió la protección necesaria del Estado, de acuerdo con la publicación de EFE.
Mientras las autoridades concluyeron que la muerte fue un suicidio, la familia sostuvo que existían múltiples indicios de violencia en el cuerpo de la víctima.
El fallo de la CorteIDH impone a Nicaragua 16 medidas integrales de reparación, que incluyen investigar los hechos y, si corresponde, juzgar y sancionar a los responsables. Estas medidas buscan asegurar que las respuestas estatales ante la violencia de género cumplan los estándares internacionales y eviten la repetición de casos similares.

La sentencia establece claramente que, ante indicios de violencia basada en género, el deber del Estado es actuar con máxima rigurosidad y sin prejuicios. La falta de debida diligencia, de acuerdo con la CorteIDH, fomenta la discriminación y perpetúa la impunidad.
El Colectivo de Derechos Humanos ha solicitado de manera enfática que Nicaragua cumpla cada uno de los puntos de la sentencia y que se eliminen prácticas institucionales que reproduzcan estereotipos o nieguen protección a las víctimas. Además, la organización pidió a la comunidad internacional y a los organismos del Sistema Interamericano mantener el seguimiento del caso y apoyar a quienes luchan contra la impunidad.
Según la ONG, la sentencia de la CorteIDH “trasciende el caso de Dina”, ya que fija criterios que deben regir la prevención, investigación, juzgamiento y sanción de la violencia contra las mujeres. El objetivo es que ninguna muerte violenta con indicios de feminicidio vuelva a ser minimizada o descartada por prejuicios institucionales.
La organización, formada mayoritariamente por activistas nicaragüenses y con sede en San José, participó como representante de la víctima en el proceso internacional. Destacan que la sentencia constituye una guía concreta para la reconstrucción de garantías y la protección de derechos humanos en el país.
El Estado de Nicaragua no hizo uso de su derecho a la defensa durante el proceso ante la CorteIDH. La falta de defensa ha sido señalada por organizaciones como una muestra de la falta de voluntad estatal para enfrentar la impunidad y la discriminación en casos de violencia de género.
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