Suprema Corte atrae el caso de María Elena Ríos, mujer víctima de ataque con ácido

El Pleno revisará la controversia sobre la reposición del juicio contra el exdiputado priista Juan Antonio Vera Carrizal, señalado como autor intelectual de la agresión en 2019

María Elena Ríos
La Suprema Corte atrajo el caso por la tentativa de feminicidio contra la saxofonista María Elena Ríos. (Foto: Cuartoscuro)
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció este 19 de octubre su facultad de atracción para revisar los amparos vinculados con el proceso por tentativa de feminicidio contra María Elena Ríos, sobreviviente de un ataque con ácido sulfúrico ocurrido en Huajuapan de León, Oaxaca, en 2019.

El Pleno de la SCJN analizará si una persona juzgadora sustituta podía anular una sentencia absolutoria, ordenar la reposición del juicio oral y dejar sin efectos una decisión tomada por quien presenció el desahogo de las pruebas.

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La revisión corresponde a la Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción 566/2026, relacionada con el proceso penal contra el exdiputado priista Juan Antonio Vera Carrizal, señalado como autor intelectual de la agresión con ácido.

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El Máximo Tribunal revisará la legalidad de reponer el juicio oral tras la anulación de una absolución previa. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

Su hijo, Juan Antonio Vera Hernández, también ha sido vinculado con la planeación del ataque y permanece prófugo, con una orden de aprehensión vigente y ficha de búsqueda emitida desde 2021.

La SCJN deberá definir los alcances del principio de inmediación dentro del sistema penal acusatorio. El asunto incluye la relación de ese principio con el debido proceso, la seguridad jurídica, la libertad personal y la prohibición de juzgar dos veces por los mismos hechos.

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La Corte revisará la anulación de la absolución de 2024

Juan Antonio Vera Carrizal, María Elena Ríos, Oaxaca, 5 de febrero de 2025, México
Un tribunal de Oaxaca absolvió al exdiputado Juan Antonio Vera Carrizal en agosto de 2024 antes de la revocación del fallo. Crédito: X

El caso llegó a la Suprema Corte después de que un tribunal absolviera a Vera Carrizal en agosto de 2024 y ordenara su liberación. Esa resolución fue impugnada y posteriormente anulada, lo que abrió una disputa judicial sobre la validez de reponer el juicio cuando la persona juzgadora que escuchó las pruebas ya había deliberado y emitido el fallo, aunque aún no existía una sentencia por escrito.

La defensa del exdiputado promovió recursos para impedir que la SCJN atrajera el amparo ligado a esa anulación. El Pleno rechazó el pasado 12 de agosto el recurso de reclamación 212/2026, con el que Vera Carrizal buscaba frenar la revisión del expediente.

Lenia Batres, ministra de la SCJN, expuso que esa determinación impedía cerrar la vía para que la Corte analizara el juicio de amparo. Con la atracción aprobada, la revisión sobre la anulación de la absolución ya no quedará únicamente en manos de las instancias judiciales de Oaxaca.

Ataque dejó lesiones graves y un proceso sin sentencia

El ataque con ácido sulfúrico contra María Elena Ríos ocurrió el 9 de septiembre de 2019 en el municipio de Huajuapan de León. EFE/Mario Guzmán
El ataque con ácido sulfúrico contra María Elena Ríos ocurrió el 9 de septiembre de 2019 en el municipio de Huajuapan de León. EFE/Mario Guzmán

El 9 de septiembre de 2019, un hombre llegó al domicilio donde se encontraba Ríos y le arrojó ácido sulfúrico en el rostro y el cuerpo. Su madre también sufrió lesiones durante la agresión.

Dicho ataque provocó quemaduras graves, hospitalizaciones, cirugías y un proceso prolongado de rehabilitación física. En los primeros meses, Ríos enfrentó dificultades para recibir atención médica especializada y posteriormente fue trasladada a la Ciudad de México.

Vera Carrizal se entregó en 2020 y quedó sujeto a proceso penal. Ríos ha acusado que el exdiputado habría sido excarcelado por motivos de salud, luego de que en diciembre de 2024 denunciara su traslado de prisión a un hospital sin que ella fuera notificada.

La saxofonista volvió a tocar públicamente en marzo de 2020, seis meses después de la agresión, durante una presentación con Ximena Sariñana. El ataque había puesto en riesgo su movilidad y la posibilidad de continuar con su actividad musical.

Ley Malena castiga la violencia ácida con hasta 46 años de prisión

La Ley Malena clasifica la violencia ácida como un delito autónomo y fija penas de hasta 46 años de prisión. (Foto AP/Ginnette Riquelme)
La Ley Malena clasifica la violencia ácida como un delito autónomo y fija penas de hasta 46 años de prisión. (Foto AP/Ginnette Riquelme)

Ríos impulsó en 2023, junto con legisladoras de CDMX, la iniciativa conocida como Ley Malena, enfocada en reconocer y sancionar agresiones cometidas con ácidos, sustancias químicas o corrosivas. El Congreso capitalino aprobó la reforma en febrero de 2024.

Esta legislación incorporó la violencia ácida como una modalidad específica de violencia y estableció penas de hasta 46 años de prisión en determinados supuestos. Antes de esos cambios, este tipo de ataques podía investigarse principalmente como lesiones, aun cuando buscara destruir el cuerpo de una mujer o matarla.

La Ley Malena se convirtió en referencia para reformas en al menos 13 estados, entre ellos Puebla, Ciudad de México, Baja California, Oaxaca, Guerrero, Colima, Veracruz y Campeche.

Condenan a Marco Antonio “N” a 33 años por feminicidio en grado de tentativa

La definición de la reparación integral quedará para la ejecución del fallo. Fiscalía CDMX
La definición de la reparación integral quedará para la ejecución del fallo. Fiscalía CDMX

La autoridad judicial sentenció el pasado 14 de agosto a Marco Antonio “N” a 33 años y cuatro meses de prisión por feminicidio en grado de tentativa, tras acreditar que sostuvo una puerta mientras una mujer arrojaba ácido clorhídrico al rostro de una víctima en CDMX. La agresión ocurrió en 2018 y dejó a la mujer sin el ojo derecho, además de quemaduras de segundo grado en distintas partes del cuerpo.

Esta pena corresponde al máximo aplicable por ese delito. El juez también negó al sentenciado cualquier beneficio sustitutivo, mientras que la reparación del daño se definirá durante la etapa de ejecución de la sentencia. La víctima ha requerido múltiples intervenciones quirúrgicas desde el ataque.

En la noche del 12 de noviembre de 2018, la mujer llegó a su casa en la colonia Militar Marte, donde dos personas se acercaron bajo el pretexto de vender gelatinas. Cuando abrió la puerta para ingresar, la acompañante de Marco Antonio “N” le lanzó el ácido al rostro. El ahora sentenciado sostuvo la puerta durante la agresión, de acuerdo con la investigación. Ambos huyeron después de atacar a la víctima.

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