
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó este 12 de agosto el recurso de Juan Antonio Vera Carrizal con el que buscaba frenar la atracción de un juicio de amparo ligado a la sentencia absolutoria anulada en el caso por el intento de feminicidio de María Elena Ríos.
De acuerdo con lo expuesto por la ministra de la SCJN, Lenia Batres, el asunto corresponde al recurso de reclamación 212/2026. La resolución impide que prospere el intento de la defensa para cerrar la vía por la que la Corte puede revisar ese amparo.
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El efecto inmediato del fallo es concreto: la SCJN sí puede atraer y analizar el juicio. Eso significa que la revisión sobre la anulación de la absolución de 2024 no queda limitada a instancias inferiores de Oaxaca.
La Corte mantiene abierta la revisión del amparo

Según el comunicado, Vera Carrizal pretendía validar o reinstaurar los efectos de la sentencia que lo había absuelto y que después fue anulada. Con el rechazo del recurso, esa ruta no se cancela en automático, pero queda sujeta al análisis del Máximo Tribunal.
La decisión no resuelve si el acusado es culpable o inocente. Lo que hace es conservar abierto el camino para que la SCJN estudie si esa absolución anulada puede o no sostenerse en el marco del amparo atraído.
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En términos prácticos, el fallo favorece la continuidad del proceso penal bajo criterios federales en un expediente marcado por denuncias de impunidad e influencia. El caso sigue sin sentencia condenatoria firme después de casi siete años. María Elena Ríos ha sostenido una exigencia pública de justicia y ha denunciado obstáculos institucionales durante ese periodo.
La saxofonista oaxaqueña María Elena Ríos sobrevivió a un ataque con ácido ocurrido el 9 de septiembre de 2019 en Huajuapan de León, Oaxaca, caso que se investiga como tentativa de feminicidio.
El hecho impulsó reformas conocidas como “Ley Malena” en varios estados para tipificar y sancionar con mayor severidad la violencia con sustancias corrosivas, tras las quemaduras graves que le provocó en gran parte del cuerpo y el rostro.
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Juan Antonio Vera Carrizal, exdiputado local del PRI y empresario gasolinero, expareja de Ríos, es el principal acusado como autor intelectual. También se señala a otras personas, incluido su hijo, quien está prófugo.
María Elena Ríos acusa que la Corte favorece a su agresor
La saxofonista María Elena Ríos se posicionó tras la decisión de la SCJN, donde con 5 votos a favor no atrajeron su caso. (X/@_ElenaRios)
La SCJN decidió el pasado 13 de mayo no revisar el caso de María Elena Ríos, una resolución que dejó en Oaxaca la disputa sobre cinco amparos del proceso penal contra Juan Antonio Vera Carrizal, acusado de ser el autor intelectual del ataque con ácido que la saxofonista sobrevivió en 2019.
Dicha votación se resolvió con cinco votos para no ejercer la facultad de atracción de la solicitud 415/2026. Solo las ministras Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel, así como el ministro Hugo Aguilar Ortiz, se pronunciaron por revisar el asunto.
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La pregunta que llegó al Máximo Tribunal fue si una jueza sustituta podía declarar la nulidad de todo lo actuado en la audiencia de juicio oral y revocar los efectos de un fallo absolutorio. La respuesta práctica de la SCJN fue no atraer la revisión de ese conflicto procesal.
Después de la sesión, María Elena Ríos reaccionó en redes sociales con un mensaje y un video. La saxofonista y activista sostuvo: “El día de hoy yo no perdí, perdió el sistema de justicia en México. La SCJN decidió favorecer al feminicida Juan Antonio Vera Carrizal”.
En el mismo mensaje, agradeció a la FGR y a Loreta Ortiz, Yasmín Esquivel y Hugo Aguilar Ortiz por respaldar la revisión del asunto. También dijo que esas posturas mostraron compromiso con la justicia para mujeres víctimas de violencia extrema.
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