
La Secretaría de Bienestar puede suspender y dar de baja definitiva a cualquier beneficiario de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores que no sea localizado en visitas domiciliarias durante dos bimestres consecutivos.
El programa, que deposita 6 mil 400 pesos mexicanos cada dos meses a adultos mayores de 65 años con residencia permanente en México, aplica ese mecanismo de verificación para confirmar que el titular sigue vivo, sigue viviendo en el país y sigue cumpliendo los requisitos.
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La Secretaría de Bienestar realizará del 1 al 29 de julio el pago bimestral de la Pensión para Adultos Mayores. El depósito se dispersa por orden alfabético según la inicial del primer apellido del beneficiario a través del Banco del Bienestar y corresponde al bimestre julio-agosto 2026. (YouTube/@programasparaelbienestar).
No se trata de un trámite opcional: ignorar las visitas o no recoger el medio de pago activa primero una suspensión y después la cancelación del apoyo.
Las causas de baja están establecidas en las Reglas de Operación del programa, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Conocerlas puede marcar la diferencia entre seguir cobrando o perder el depósito bimestral.
Ausencia prolongada, motivo de baja de la Pensión Bienestar Adultos Mayores
Cuando el beneficiario o su persona auxiliar no son localizados en varias visitas domiciliarias, o no recogen la tarjeta de pago en dos bimestres seguidos, el programa activa el proceso de baja.

Primero viene la suspensión; después, si la situación no se regulariza, la exclusión del padrón puede ser definitiva.
La medida busca depurar el padrón y evitar que el apoyo llegue a personas que ya no cumplen los requisitos o que han fallecido.
Por eso las visitas domiciliarias oficiales son son el mecanismo que la Secretaría de Bienestar usa para verificar que cada registro sigue siendo válido.
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Si el personal de la Secretaría de Bienestar acude al domicilio en dos ocasiones consecutivas —en días y horarios distintos— sin localizar al titular ni a su persona auxiliar, el expediente pasa a estatus “activo no emitible’'.
El beneficiario sigue en el padrón, pero el depósito del bimestre correspondiente queda retenido hasta que aclare su situación.
Fallecimiento y documentos falsos: dos razones de baja inmediata del programa
El fallecimiento del titular genera la baja más rápida del padrón.
En cuanto el sistema detecta que una CURP tiene estatus de defunción, la exclusión es automática.

La familia tiene derecho a un único cobro posterior: el Pago de Marcha, equivalente a 3 mil 200 pesos mexicanos que se entrega por una sola ocasión a la persona auxiliar registrada.
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Para cobrarlo, la notificación del fallecimiento debe hacerse en el Módulo de Atención dentro de los dos bimestres siguientes a la muerte del titular.
Vencido ese plazo, el derecho se pierde. Presentar documentos falsos, alterados o con inconsistencias que no se resuelven también deriva en exclusión definitiva, de acuerdo con las Reglas de Operación del programa.

La Secretaría de Bienestar revisa la documentación durante los procesos de verificación; si detecta irregularidades, cancela el registro sin posibilidad de reactivación.
¿Qué pasa con la pensión si hay registro duplicado y cambio de residencia al extranjero
Si el sistema detecta que una misma persona está inscrita más de una vez y cobró el apoyo de forma simultánea, elimina los registros más antiguos y conserva únicamente uno.
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Inscribirse dos veces no duplica el beneficio: lo cancela. Trasladar legalmente el domicilio al extranjero produce la baja automática.

Uno de los requisitos del programa es residir en la República Mexicana; al cambiar esa condición, el derecho desaparece de forma inmediata.
Cómo evitar la baja: atender avisos y mantener datos actualizados ante la Secretaría del Bienestar
Las Reglas de Operación contemplan mecanismos de reactivación para casos justificados.
Si la causa que originó la suspensión puede repararse y se cuenta con los documentos necesarios, es posible solicitar la reexpedición de la pensión en el Módulo de Atención más cercano.

Mantener actualizados los datos personales —incluida cualquier modificación en la CURP o en el domicilio— y atender los avisos oficiales son las medidas concretas para no perder el apoyo. Si algún dato cambia, la Secretaría de Bienestar debe ser notificada de inmediato.
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