
El derecho a la seguridad social de las trabajadoras del hogar tiene raíces en una serie de reformas acumuladas durante los últimos años.
En 2019, México ratificó el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y reformó la Ley Federal del Trabajo (LFT) para reconocer formalmente la figura de “persona trabajadora del hogar” y garantizarle prestaciones como vacaciones, aguinaldo, prima vacacional y acceso obligatorio al seguro social.
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La obligación de inscribirlas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se consolidó en 2022, con una reforma a la Ley del Seguro Social. Su artículo 12, fracción IV, establece que las trabajadoras del hogar son sujetas del régimen obligatorio, y el artículo 239-A al 239-H regula el esquema específico para este sector.
Desde el 16 de mayo de 2023, el registro dejó de ser voluntario y se convirtió en una obligación exigible para cada persona empleadora, de manera individual, por cada trabajadora que contrate.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reforzó el marco en 2023 al resolver el amparo 872/2023: sostuvo que la ley establece un régimen de protección válido que obliga a los empleadores a inscribir a las trabajadoras, especificar los días laborados y pagar las cuotas obrero-patronales.
A pesar de ello, la cobertura real sigue siendo marginal. Según datos de Cimacnoticias con cifras del propio IMSS, al corte de febrero de 2026 solo 38 mil 643 mujeres trabajadoras del hogar contaban con afiliación, lo que representa apenas el 1.8% de quienes se dedican a esta actividad en el país.
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Qué cubre el seguro

Una vez inscrita, la trabajadora accede a los cinco seguros que prevé la Ley del Seguro Social, sin restricciones ni tiempos de espera:
- Seguro de Enfermedades y Maternidad: atención médica, farmacéutica y hospitalaria para la trabajadora y sus beneficiarios, además del pago de incapacidades por enfermedad general.
- Seguro de Riesgos de Trabajo: cubre accidentes laborales, enfermedades de trabajo, rehabilitación, prótesis y, en su caso, pensión.
- Seguro de Invalidez y Vida: pensión en caso de invalidez para la asegurada, o para sus beneficiarios en caso de fallecimiento.
- Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez: genera ahorro para pensión.
- Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales: acceso a estancias infantiles y actividades culturales y deportivas.
La afiliación al IMSS también activa de forma automática los derechos ante el Infonavit, donde comienza a acumularse un fondo de vivienda con el mismo pago mensual.
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Qué necesitas antes de iniciar el trámite
El registro en línea no requiere documentos físicos. Basta con tener a la mano:
- De parte del empleador: CURP y correo electrónico.
- De parte de la trabajadora: Número de Seguridad Social (NSS), CURP, domicilio, salario diario o mensual y días laborados. Si la trabajadora no tiene NSS, puede generarlo en línea con solo su CURP y un correo electrónico.
- Si el trámite se realiza de forma presencial en la subdelegación del IMSS correspondiente, sí se requieren documentos físicos de ambas partes: identificación oficial vigente, comprobante de domicilio no mayor a tres meses, acta de nacimiento certificada y CURP de la trabajadora, más un cuestionario médico proporcionado por el propio instituto.
Guía paso a paso para el registro en línea

El trámite se realiza en imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/inscripcion, disponible las 24 horas. En forma presencial, las subdelegaciones atienden de lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas.
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Paso 1: Ingresa la CURP y el correo electrónico de la persona empleadora para iniciar el trámite.
Paso 2: Completa los datos de contacto y domicilio del empleador. El sistema solicita una declaración bajo protesta de decir verdad sobre la veracidad de la información.
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Paso 3: Registra los datos de la trabajadora: NSS, CURP, domicilio y, opcionalmente, correo electrónico. Indica si trabaja por mes completo o por días específicos, e ingresa el salario diario o mensual. El salario registrado debe ser igual o mayor al salario mínimo de la Ciudad de México.
Paso 4: Revisa y confirma todos los datos. El sistema permite hacer correcciones antes de continuar.
Paso 5: Descarga el formato de incorporación y la línea de captura para el pago bancario. El pago puede realizarse en el portal de BBVA vinculado al trámite, en ventanilla bancaria o por transferencia al Scotiabank, con la CLABE 044180001068672782, usando como referencia el NSS de la trabajadora (11 dígitos, sin espacios ni guiones).
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Una vez completado el pago, el empleador debe enviar el comprobante a coordinacion.afil@imss.gob.mx.
Cuánto cuesta y cuándo se paga

El trámite de registro no tiene costo. Las cuotas obrero-patronales se calculan con base en el salario real de la trabajadora.
El primer mes se paga a periodo vencido; los meses siguientes, de manera anticipada, antes del día 20 de cada mes. El aseguramiento puede contratarse por mes, bimestre, semestre o año.
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El IMSS extiende la cobertura por mes completo siempre que el pago total de las cuotas sea al menos equivalente al salario mínimo mensual integrado de la Ciudad de México, sin importar cuántos días trabajó la persona en ese periodo.
Qué pasa si el empleador no cumple
El incumplimiento puede denunciarse por cuatro vías:
Teléfono 800 623 2323, opción 5 y luego 4.
Portal en línea: adodigital.imss.gob.mx/denunciaPTH
Correo: denuncia.enlinea@imss.gob.mx
De forma presencial en el Departamento de Auditoría a Patrones de cualquier subdelegación del IMSS.
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