
El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó retirar un promocional del Partido Acción Nacional (PAN) en el que se acusaba a Morena de haberse aliado con el crimen organizado para llegar al poder. Sin embargo, un proyecto que será discutido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) perfila revocar la medida al considerar que el mensaje forma parte del debate político y no constituye calumnia.
La controversia gira en torno al spot denominado “Ellos nos traicionaron”, difundido por el PAN en radio y televisión, donde se afirma que Morena “se alió con el crimen para ganar poder” y que es un partido que “entrega el gobierno al crimen”. Estas expresiones fueron denunciadas por el partido oficialista ante las autoridades electorales.
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¿Por qué el INE ordenó retirar el spot del PAN?
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE determinó que las frases incluidas en el promocional podrían constituir calumnia, ya que atribuían a Morena hechos o conductas delictivas sin aportar elementos mínimos que respaldaran tales afirmaciones.
Por ello, el organismo electoral ordenó el retiro inmediato del material de radio y televisión mientras se resolvía el fondo del asunto. La autoridad consideró que las acusaciones sobre presuntos vínculos con el crimen organizado no estaban sustentadas con pruebas verificables dentro del mensaje difundido.
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El spot mostraba imágenes relacionadas con la violencia, desapariciones y extorsiones en México, mientras una voz en off responsabilizaba al partido gobernante de la situación de inseguridad que enfrenta el país.
TEPJF perfila revocar la sanción contra el PAN
No obstante, un proyecto elaborado por uno de los magistrados de la Sala Superior del TEPJF propone revocar la medida cautelar dictada por el INE.
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De acuerdo con el proyecto, las expresiones utilizadas por el PAN forman parte de la crítica política y del debate público entre fuerzas partidistas. El magistrado ponente considera que las frases cuestionadas constituyen opiniones y posicionamientos políticos, por lo que no necesariamente representan la imputación directa de un delito a Morena.
Bajo esta interpretación, el mensaje estaría protegido por la libertad de expresión que rige durante las campañas y los procesos electorales, especialmente cuando se trata de confrontaciones entre partidos políticos.
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¿Qué es la calumnia electoral?
La legislación electoral mexicana establece que existe calumnia cuando se imputa falsamente a una persona o partido político la comisión de un delito.
Las autoridades electorales suelen analizar si los mensajes contienen afirmaciones concretas sobre hechos delictivos o si se trata de opiniones, críticas o juicios de valor protegidos por la libertad de expresión.
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Por esa razón, el caso ha generado un debate jurídico sobre los límites de la propaganda política y el alcance de las críticas que los partidos pueden dirigir contra sus adversarios durante los procesos electorales.
La decisión final aún está pendiente
El proyecto será discutido y votado por la Sala Superior del TEPJF. Si la mayoría de los magistrados respalda la propuesta, el PAN podría recuperar la posibilidad de difundir el promocional, pese a la determinación inicial del INE.
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La resolución será relevante porque podría sentar un criterio sobre los límites entre la crítica política y la calumnia electoral en México, en un contexto de creciente confrontación entre oposición y oficialismo.
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