
Durante 2026, el registro obligatorio de líneas celulares con CURP ha generado inquietudes entre los mexicanos, especialmente por la privacidad y seguridad de sus datos.
Cerca de dos tercios de los usuarios aún no han realizado el registro según fuentes oficiales que contemplan que para el 13 de mayo solamente se habían registrado 48 millones de 144 millones en total.
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El proceso, impulsado por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), obliga a asociar cada línea telefónica móvil con la identidad oficial de su titular antes del 30 de junio de 2026.
Algunos de los principales mitos y realidades detectados en fuentes oficiales, junto con las respuestas institucionales y hechos documentados fueron los siguientes.
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Mal uso de datos personales
Muchos usuarios temen que sus datos entregados al registrar la línea puedan ser mal utilizados, vendidos o filtrados.
Las autoridades y la legislación vigente establecen que la información queda bajo resguardo de la compañía telefónica, protegida por la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
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El gobierno federal no tiene acceso directo a la base de datos, salvo en el contexto de una investigación formal, y bajo los términos establecidos en el Código Penal. Las empresas están obligadas a no compartir la información con terceros sin causa legal justificada.
Espionaje y vigilancia indiscriminada

Existe entre los usuarios la preocupación de que el registro habilite al gobierno para espiar, rastrear o monitorear a cualquier persona de manera indiscriminada.
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Las autoridades aclaran que sólo pueden solicitar información a las compañías telefónicas en el marco de una investigación por delito, mediante el procedimiento establecido en la ley.
El registro asocia la línea a un titular, pero no otorga acceso a conversaciones privadas, ubicación en tiempo real o contenido del aparato fuera de los procesos judiciales y técnicos ya regulados.
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Entrega de datos biométricos

Algunos usuarios creen que el registro incluye la entrega y almacenamiento de datos biométricos, como huellas dactilares o reconocimiento facial.
De acuerdo con la regulación y la información oficial, el trámite únicamente solicita nombre, CURP y documento de identidad (como INE, pasaporte o CURP biométrica).
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En caso de registro remoto, se realiza una “prueba de vida” que compara el rostro de la persona con la identificación, pero la imagen no se almacena, solo se usa para validación inmediata. No se recaban ni guardan datos biométricos adicionales.
Riesgo para personas vulnerables
Periodistas, defensores de derechos humanos y migrantes han expresado temor de que el registro facilite el rastreo o exposición de personas en situación de riesgo.
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El gobierno y la ATDT sostienen que el acceso a datos personales solo es posible mediante investigación formal. No existen protocolos diferenciados para estos grupos, pero la ley de protección de datos obliga a las compañías a resguardar la información y prohíbe su divulgación sin motivo legal.
Vulnerabilidad y seguridad informática

El 9 de enero de 2026, se detectó una vulnerabilidad en el portal de Telcel que permitía consultar datos personales de usuarios ingresando solo un número telefónico.
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Telcel reconoció la falla y la corrigió el mismo día, y no existe información oficial sobre acceso indebido o extracción masiva de información durante ese periodo.
Las empresas deben corregir cualquier falla de seguridad de inmediato, bajo la supervisión de la autoridad competente.
Consecuencias de no registrar la línea
Si un usuario no realiza el registro antes del 30 de junio de 2026, la línea será suspendida temporalmente. En ese estado, únicamente podrá recibir alertas de emergencia y realizar llamadas al 911.
El número no se pierde de inmediato, pero no podrá usarse para llamadas, mensajes o datos hasta que se complete el trámite de registro.
Prórroga para el registro
Hasta la fecha, no existe ninguna prórroga oficial. El plazo final confirmado es el 30 de junio de 2026.
Cualquier ampliación deberá ser anunciada en los portales y canales oficiales del gobierno o del Congreso, única instancia con facultad para modificar el calendario.
Recomendaciones oficiales
Las autoridades recomiendan realizar el registro únicamente a través de los canales oficiales de cada compañía telefónica, ya sea presencialmente o en portales autorizados.
Se aconseja no compartir la CURP ni documentos personales fuera de estos medios y verificar cualquier duda directamente con el operador.
Ante el uso indebido de datos, el usuario puede acudir al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) o al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
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