
El Consejo Consultivo del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas expresa su preocupación por el pronunciamiento DGDDH/2026 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en el que se señalan a organizaciones de la sociedad civil y, en particular, al Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (PRODH).
El 19 de marzo, el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU hizo pública su decisión de enviar a la Asamblea General la situación de la desaparición en México con carácter de urgente.
El Comité señala la necesidad de adoptar acciones para establecer un mecanismo eficaz que esclarezca la verdad y brinde asistencia y protección a las familias que buscan a sus seres queridos, así como a las organizaciones y defensores que las acompañan.
El Consejo Consultivo considera que la activación del artículo 34 debe verse como una oportunidad para reforzar la protección a personas buscadoras, sus familias, colectivos y organizaciones acompañantes.
Afirma que la protección de quienes buscan a personas desaparecidas es una exigencia inmediata ante la violencia, amenazas y agresiones que enfrentan de manera cotidiana.
El Consejo expresa preocupación porque la CNDH, integrante de la Junta de Gobierno del Mecanismo, haya utilizado expresiones que descalifican a organizaciones de derechos humanos, atribuyéndoles “manipulación de demandas”, actuar con “opinión sesgada”, “lucrar” con la representación de víctimas y “acudir a solicitar ayuda del exterior”.
El Consejo advierte que estos señalamientos pueden contribuir a la estigmatización de quienes defienden derechos humanos.
El organismo recuerda que la CNDH tiene como mandato la protección de los derechos humanos frente a actos u omisiones del Estado y debe orientar su actuación a la tutela de los derechos de las personas, no a la descalificación de quienes, desde la sociedad civil, formulan señalamientos o acuden a mecanismos internacionales de protección.
Reitera que las organizaciones de la sociedad civil, colectivos de familiares y personas defensoras tienen legitimidad para acudir a instancias internacionales, aportar información, solicitar audiencias, activar procedimientos y participar en mecanismos de supervisión internacional.
El Consejo advierte que la estigmatización institucional incrementa riesgos como amenazas, hostigamientos, criminalización y afectaciones al entorno de protección.
Subraya que todas las instituciones vinculadas al Mecanismo tienen un deber reforzado de prudencia y respeto hacia la labor de defensa de derechos humanos.
Cita que el Comité CEDAW reconoció en 2025 el asesinato de 22 personas buscadoras y que el Estado mexicano informó que este Mecanismo ofrecía protección a 237 personas buscadoras, de las cuales el 60% se concentran en 7 entidades.
El Consejo Consultivo llama a la CNDH a revisar el contenido del pronunciamiento DGDDH/2026 y abstenerse de emitir mensajes que desacrediten o expongan a personas defensoras y organizaciones.
Recuerda su responsabilidad, como parte de la Junta de Gobierno, de contribuir a la prevención de riesgos y al fortalecimiento de un entorno seguro para la defensa de los derechos humanos.
Finalmente, el Consejo subraya la obligación de las autoridades de promover el reconocimiento público y social de la labor de las personas defensoras y periodistas, y señala que ese mandato es incompatible con expresiones que descalifican o ponen en duda la legitimidad de su trabajo.
Indica que, en el contexto actual, el deber institucional es contribuir al reconocimiento, protección y legitimidad pública de quienes defienden derechos.
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