
Lenia Batres, jueza de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sostuvo este 15 de marzo que su labor consiste en cumplir y hacer cumplir la Constitución mexicana, frente a señalamientos de que representa un riesgo para la inversión privada.
En su mensaje, compartido en redes sociales, Lenia Batres subrayó que actúa en la SCJN, un órgano colegiado y garantiza la protección y estímulo a la inversión económica, respaldada por las normas que otorgan certeza jurídica a los empresarios.
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Batres también cuestionó a los periodistas críticos, a quienes acusó de incurrir en llamados para impedir que ella presida la Corte, calificando esos señalamientos como motivados por un “ánimo golpista”.
Lenia Batres será la siguiente presidenta de la SCJN

Respecto el proceso de sucesión en la presidencia de la SCJN, Batres enfatizó que la Constitución mexicana establece un procedimiento ya aplicado, mediante el cual la presidencia se decidirá conforme al orden de votación, en cumplimiento de un mandato popular.
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Esto es referencia a lo que dice la Constitución en el artículo 94, que establece a la letra lo siguiente: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, Ministras y Ministros, y funcionará en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.”
Hugo Aguilar Ortiz, actual presidente de la SCJN, recibió el puesto por la cantidad de votos que tuvo en la última elección judicial, 6 millones 5 mil 181, el más alto de todos en la boleta. Su gestión inició el 1 de septiembre del 2025 y concluirá el mismo día del 2027, en esa fecha le corresponderá a Lenia Batres, con 5 millones 674 mil 113 sufragios, la titularidad de la Corte hasta el 2029.
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SCJN sanciona empresa vendedora de tortillas por prácticas monopólicas

La SCJN resolvió el pasado 12 de marzo validar los artículos de la Ley Federal de Competencia Económica que regulan y sancionan las prácticas monopólicas en el sector de las tortillas de maíz en México.
Con esta decisión, el máximo tribunal garantiza criterios claros para imponer multas, así como la inhabilitación de directivos implicados en acuerdos anticompetitivos, y fortalece el marco legal para enfrentar la manipulación ilícita de precios y la restricción de ventas en la industria alimentaria.
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La sentencia deriva del Amparo en Revisión 537/2025, que motivó la revisión de una investigación iniciada por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
En ese contexto, Cofece había sancionado a una empresa en Huixtla, Chiapas por ejecutar prácticas monopólicas absolutas, incluyendo la fijación concertada de precios y la limitación artificial de la cantidad de tortillas que cada cliente podía adquirir.
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Entre las consecuencias directas ratificadas por el fallo destaca la inhabilitación de un representante empresarial —cuyo nombre no fue divulgado— y la imposición de sanciones económicas conforme a los artículos de la Ley Federal de Competencia Económica cuyo apego a la Constitución fue afirmado por la Corte.
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