
La reciente creación del Órgano de Administración Judicial (OAJ), una de las piezas clave de la reforma judicial promulgada en septiembre de 2024, enfrenta su primera crisis institucional tras la renuncia de la magistrada Lorena Josefina Pérez Romo, apenas cuatro meses después de haber sido designada.
Se trata de la primera dimisión en la breve historia del organismo, hecho que obligó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a activar el procedimiento para cubrir la vacante y que ha encendido alertas sobre la estabilidad interna del nuevo esquema de administración judicial.
La renuncia fue aceptada por la SCJN durante una sesión privada celebrada la tarde del martes, momento en el que la información adquirió carácter oficial.
Magistrada estaba siendo investigada

De acuerdo con fuentes judiciales citadas en el informe, la salida de Pérez Romo estaría relacionada con una investigación en curso sobre presuntas irregularidades en licitaciones adjudicadas de manera directa dentro del Poder Judicial de la Federación (PJF), un tema particularmente sensible en el contexto de la reciente reconfiguración institucional.
Aunque hasta el momento no se han dado a conocer detalles públicos sobre el alcance de dicha investigación ni sobre posibles responsabilidades administrativas o penales, el vínculo entre la renuncia y los procesos de contratación ha generado inquietud dentro del sistema judicial, que apenas comienza a operar bajo las nuevas reglas establecidas por la reforma.
Con la dimisión de Pérez Romo, el Pleno del OAJ quedó reducido al mínimo legal de cuatro integrantes necesarios para mantener sus funciones.
El órgano colegiado permanece conformado por Néstor Vargas Solano, quien funge como presidente, así como por José Alberto Gallegos Ramírez, Catalina Ramírez Hernández y Surit Berenice Romero.
Esta integración mínima permite la continuidad operativa del OAJ, aunque limita su margen de maniobra y subraya la urgencia de cubrir la vacante.
SCJN deberá asignar reemplazo

La magistrada renunciante había sido designada directamente por la Suprema Corte, que también será la instancia responsable de nombrar a su reemplazo.
En contraste, los otros nombramientos del órgano fueron realizados por el Poder Ejecutivo federal y por el Senado de la República, lo que refleja el esquema de equilibrios diseñado por la reforma judicial para la conformación del nuevo ente administrativo.
De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, las personas integrantes del Pleno del OAJ sólo pueden ser removidas bajo los supuestos establecidos en el Título Cuarto de la Constitución. Sin embargo, en casos de renuncia, defunción o ausencia definitiva, la autoridad que realizó el nombramiento original debe designar a una nueva persona para concluir el periodo restante, que en este caso es de seis años.
“La autoridad que le designó hará un nuevo nombramiento por el tiempo que reste al periodo de designación respectivo”, establece de manera expresa la normativa vigente, lo que obliga a la SCJN a iniciar, en breve, el proceso de selección correspondiente.
El Órgano de Administración Judicial surgió como consecuencia directa de la reforma judicial promulgada el 15 de septiembre de 2024, la cual ordenó la desaparición del CJF y su sustitución por dos nuevas instancias: el propio OAJ y el Tribunal de Disciplina Judicial. Ambos organismos iniciaron operaciones el 1 de septiembre del año pasado, con el objetivo de separar las funciones administrativas de las disciplinarias dentro del Poder Judicial.
La renuncia de Pérez Romo representa así el primer desafío serio para el nuevo modelo de gobernanza judicial. Más allá de la sustitución inmediata de la vacante, el episodio pone a prueba los mecanismos de control, transparencia y rendición de cuentas del sistema que nació con la promesa de fortalecer la independencia y eficiencia del Poder Judicial.
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