
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordó revisar un caso que podría definir el reconocimiento legal de los niños nacidos mediante gestación subrogada en México. El Pleno aceptó estudiar una controversia originada en Quintana Roo sobre la negativa de autoridades locales para expedir actas de nacimiento a menores concebidos por esta práctica, conocida también como vientre de alquiler.
La decisión responde a una contradicción entre dos tribunales colegiados del mismo estado, que emitieron resoluciones opuestas al resolver solicitudes de padres que intentaron registrar a sus hijos en el Registro Civil. En un caso, la autoridad concedió la suspensión para ordenar el registro inmediato; en otro, la negó con el argumento de que el reglamento estatal no contempla el reconocimiento de menores nacidos mediante técnicas de reproducción asistida.
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El caso contempla derechos constitucionales de la niñez
Con siete votos a favor y dos en contra —de los ministros Hugo Aguilar Ortiz y Yasmín Esquivel Mossa—, el Pleno de la Corte ejerció su facultad de atracción sobre la contradicción de criterios 38/2025. La mayoría de los ministros consideró que el tema trasciende el interés particular de las partes, al involucrar derechos constitucionales de la niñez y la ausencia de regulación específica en la materia.
Los padres de los menores afectados señalaron que la falta del acta de nacimiento coloca a sus hijos en una situación de indefinición jurídica, al impedirles acceder a derechos básicos como la identidad, la nacionalidad, la salud o la educación. Argumentaron que la omisión también vulnera su reconocimiento familiar, afectando su filiación, derechos alimentarios y sucesorios.
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El Pleno deberá determinar si las autoridades del Registro Civil pueden negar el documento bajo el pretexto de que el reglamento local no prevé este tipo de casos, o si dicha negativa contraviene principios constitucionales y tratados internacionales sobre el interés superior del menor.
Tarea de la SCJN: establecer criterios uniformes sobre maternidad subrogada
Al atraer el asunto, la SCJN asumió la tarea de establecer criterios uniformes sobre cómo deben proceder los registros civiles en situaciones donde no existe un marco jurídico federal que regule la gestación subrogada. La resolución del tribunal podría servir de referencia para otros estados, varios de los cuales enfrentan casos similares ante la falta de legislación clara.
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En su exposición, los ministros coincidieron en que el análisis permitirá revisar el equilibrio entre las facultades normativas locales y los derechos humanos reconocidos por la Constitución. La Corte señaló que su intervención busca asegurar la protección de los menores frente a vacíos legales que pueden afectar su identidad y reconocimiento jurídico.
“El estudio de este asunto permitirá colocar en el centro el interés superior de la niñez en ausencia de una regulación sobre la materia”, destacó el comunicado oficial del máximo tribunal.
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Vacío legal en la materia, en casi todo el país
Actualmente, la legislación mexicana carece de un marco federal que regule la gestación por sustitución. Sólo entidades como Tabasco y Sinaloa contemplan disposiciones parciales sobre este procedimiento, mientras que en la mayoría del país prevalece la falta de normas o incluso su prohibición.
El fallo que emita la Suprema Corte será determinante para establecer una interpretación nacional sobre el derecho a la identidad en casos de maternidad subrogada. Su resolución podría fijar los criterios que deberán seguir las autoridades civiles y judiciales para garantizar la protección jurídica de los menores nacidos bajo esta modalidad reproductiva.
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