Un hombre de la Ciudad de México denunció que una pareja invadió su propiedad cuando se fue de vacaciones.
Como parte del proceso legal, los invasores fueron desalojados, el inmueble fue asegurado y luego le fue regresado a su dueño.
Sin embargo, la pareja denunciada presentó un recurso legal para que la casa no fuera devuelta a su propietario comenzando una batalla legal que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El caso fue resuelto el 30 de abril, sin embargo, fue publicado en el Semanario Judicial de la Federación el pasado 20 de junio. Esta es la historia.
Perder tu casa por ir de vacaciones

Tras unas merecidas vacaciones regresó a la Ciudad de México esperando retomar sus actividades cotidianas, pero en lugar de eso se llevó una desagradable sorpresa que luego se convirtió en una larga pesadilla: su casa había sido invadida.
Era el 15 de diciembre de 2015, el dueño apenas se había ausentado cinco días, sin embargo, ese fue tiempo más que suficiente para que una pareja violara la entrada, cambiara las chapas y se atrincherara en su propiedad.
Pensando que podía recuperar la propiedad dialogando con los invasores, el propietario dejó pasar casi cinco años cuando el 6 de octubre de 2020 por fin presentó una denuncia por el delito de despojo ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
La fiscalía inició una carpeta de investigación y una semanas después desalojó a los invasores para asegurar el inmueble de forma provisional en lo que se resolvía el asunto legal.
Casi tres años después, el 29 de mayo del 2023, aún con el proceso legal en curso, la fiscalía levantó el aseguramiento y le regresó la casa al denunciante luego de acreditar que efectivamente era de su propiedad.
La estrategia legal de los invasores para recuperar la casa

Cuando por fin parecía que el caso finalizaría a su favor, la pareja presentó una demanda de amparo directo contra la decisión de la fiscalía de haberle regresado el inmueble a su dueño.
Los invasores argumentaron que la fiscalía actuó de forma ilegal ya que no tiene facultades para levantar el aseguramiento, así como decidir sobre los derechos y posesión del inmueble sin intervención judicial.
También acusaron que la documentación con la que el dueño comprobó que la propiedad era suya presentó irregularidades, señalando a las autoridades de no haber investigado los hechos con imparcialidad, congruencia y exhaustividad.
Incluso sostuvieron que con esta decisión se habían vulnerado sus derechos constitucionales de propiedad, debido proceso y acceso a una vivienda digna.
El caso quedó en manos del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México quien le negó el amparo a la pareja acusada.
El juzgado aseguró que la fiscalía actuó dentro de sus facultades conforme a lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales y negó que la devolución del inmueble vulnerara el derecho a una vivienda digna y de propiedad de la pareja.
Inconforme con la decisión del juzgado, la pareja interpuso un recurso de revisión acusando ahora al Código Nacional de Procedimientos Penales de inconstitucional.
El caso quedó en manos del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, sin embargo, al abordar un tema constitucional fue enviado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La decisión de la SCJN

El 30 de abril de 2025, casi 10 años después de la invasión, la SCJN falló en contra de la pareja y a favor del dueño del inmueble.
La Corte aseguró que el Código Nacional de Procedimientos Penales es constitucional, por lo que la fiscalía efectivamente tiene facultades para levantar aseguramientos y devolver bienes.
La decisión de la fiscalía sobre el inmueble no afecta los derechos de propiedad o vivienda digna de la pareja demandada, ya que la SCJN precisó que se trata de una medida provisional, no definitiva, que se realizó conforme a la ley.
En ese mismo sentido, la Corte señaló que la devolución del inmueble no necesitaba una orden judicial porque su aseguramiento solo es una técnica de investigación temporal que busca preservar pruebas y garantizar el desarrollo de la investigación.
Por si fuera poco, el máximo tribunal no encontró elementos que sugiriera que la fiscalía actuó de forma arbitraria o parcial dando por bueno el actuar de las autoridades capitalinas.
Con esta decisión, la Corte negó la inconstitucionalidad el Código Nacional de Procedimientos Penales y por consecuencia calificó de legal la decisión de la fiscalía de regresarle el inmueble a su dueño.
Finalmente, la SCJN regresó el caso al Tribunal Colegiado para que terminara de resolver el recurso de revisión presentado por la pareja invasora con las consideraciones señaladas, es decir, a favor de la víctima.
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