Las motocicletas eléctricas o ebikes son una alternativa cada vez más popular en las calles de la Ciudad de México, ofreciendo una opción de movilidad sostenible y eficiente. Sin embargo, es crucial entender las regulaciones que rigen su uso, especialmente en lo que respecta a su velocidad máxima y las normativas de tránsito.
De acuerdo con las disposiciones establecidas en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, cualquier vehículo que pueda superar los 25 kilómetros por hora debe cumplir con las mismas normas que las motocicletas y motonetas convencionales.
Esto implica que las ebikes que alcanzan o exceden esta velocidad están sujetas a requisitos adicionales, como el emplacado y el uso obligatorio de casco certificado, así como la posesión de licencia de conducir.
La Secretaría de Movilidad (Semovi) ha dejado claro que el incumplimiento de estas regulaciones puede resultar en sanciones severas, incluida la remisión del vehículo al corralón. Además, los conductores de ebikes deben asegurarse de cumplir con todas las normas de seguridad vial, como no llevar pasajeros en exceso, no transportar menores sin el equipamiento adecuado y respetar los límites de velocidad establecidos.
Vehículo no motorizado

Es importante destacar que un vehículo se considera no motorizado únicamente cuando sus características técnicas están diseñadas para circular a una velocidad máxima de menos de 25 kilómetros por hora. En estos casos, el vehículo queda exento de la obligación de emplacado, licencia de conducir y uso de casco certificado. Sin embargo, cualquier ebike que supere este límite se clasifica como una motocicleta y debe cumplir con todas las regulaciones correspondientes.
Andrés Lajous, titular de Semovi, ha enfatizado la importancia de que tanto vendedores como compradores de ebikes estén al tanto de estas regulaciones. Se ha dirigido específicamente a los fabricantes y vendedores de estos vehículos eléctricos, instándoles a revisar y especificar las características técnicas y las velocidades máximas de sus productos para garantizar el cumplimiento del Reglamento de Tránsito.
Lajous recalca que el límite de 25 kilómetros por hora establecido en el Reglamento de Tránsito es crucial para determinar la clasificación de un vehículo como motorizado o no motorizado. Aquellos que excedan este límite, incluso si son impulsados por motores eléctricos, se consideran motocicletas a todos los efectos legales y deben ajustarse a las regulaciones correspondientes para poder circular en la Ciudad de México.
Más Noticias
Cuál es la calidad del aire en CDMX este 16 de marzo
Todos los días y cada hora se hace un monitoreo de la calidad del ambiente en la capital del país y zona conurbada del Edomex

Búlgaros de leche vs yogur natural: cuál tiene más beneficios para la microbiota
Los búlgaros de leche y el yogur natural son alimentos fermentados ricos en probióticos, pero no tienen el mismo impacto

¿Información sobre tu viaje? Checa los vuelos cancelados y demorados en el AICM
Con millones de pasajeros al mes, el aeropuerto capitalino llega a sufrir alteraciones en su operación

Batido de pepino con pera: beneficios para desintoxicar el organismo y mejorar la digestión
Esta bebida es una alternativa práctica para quienes buscan mejorar el funcionamiento digestivo y renal

Precio de la gasolina en Puebla: magna, premium y diésel este 16 de marzo
El precio de la gasolina cambia todos los días en todo el país y son dados a conocer por la Comisión Reguladora de Energía


