
Jueces y magistrados congregados en una asociación nacional lograron poner un freno a la extinción de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial, esto como parte de la estrategia jurídica que se emprendió desde distintos frentes en contra de las reformas aprobadas por el Congreso de la Unión en semanas pasadas.
Fue este miércoles que el Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa con sede en la Ciudad de México el que admitió a trámite la demanda presentada por la Asociación Nacional de Jueces y Magistrados de Distrito (Jufed), y determinó otorgar una suspensión provisional.
Según consta en los registros del Poder Judicial, el amparo indirecto fue presentado por representantes de dicha organización judicial y fue admitida a trámite, fijándose como fecha para realizar la audiencia constitucional el próximo 4 de diciembre a las 10:08 horas.
“Se admite a trámite la demanda de amparo. Tramítese el incidente de suspensión (...) se ordena emplazar a las autoridades responsables para que rindan su informe con justificación en el término de quince días”, se lee en el acuerdo publicado este miércoles.

En su demanda de amparo, la Jufed reclama la discusión, aprobación y expedición del Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 27 de octubre de 2023.
Luego de notificarse sobre esta suspensión, el magistrado Froylán Muñoz, quienes es el director nacional de la Jufed, informó en un mensaje sobre lo resuelto en la demanda de amparo que se presentó.
“Hy la juzgadoras y juzgadores federales notificamos a la sociedad, que en el juicio de amparo indirecto promovido por la representación de esta Asociación, hoy una juzgadora federal con competencia constitucional en este primer circuito ha concedido la suspensión provisional del decreto que pretende eliminar los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación”, indicó.

Añadió que en su resolución, los efectos son tuteares a favor de los integrantes de la Judicatura Federal. Entre ellos que se concede la suspensión provisional con efecto de que las cosas se mantengan en la forma en que se encontraban.
Esto significa, que queda sin efecto la eliminación de los fideicomisos a través de la inaplicación de las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial; así como que los órganos del poder judicial deben suspender sus acciones en caminadas a liquidar estos fondos y de suscribir los convenidos de extinción.
Tampoc se entregarán los fondos a la Tesorería de la Federación en el plazo de 120 días que señalan los artículos transitorios, ni se dispondrán de los recursos en detrimento de los derechos de integrantes del Poder Judicial ligados a derechos.
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