
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó las medidas de tutela contra el proceso del Frente Amplio por México que dictó el Instituto Nacional Electoral (INE), en donde se ordenó que las personas aspirantes de ajusten a los límites constitucionales.
Sin citar a sesión pública y por mayoría de votos, los magistrados concordaron con lo que ordenó la Comisión de Quejas y Denuncias de la autoridad electoral para que los 12 aspirantes a representante del Frente Amplio por México se apeguen a los principios de legalidad y equidad en la contienda.
En tanto, durante la discusión, la Sala Superior determinó que no son suficientes las medidas de tutela preventiva, debido a que la autoridad electoral deberá de emitir lineamientos para regular este tipo de procesos y mecanismos partidistas inéditos “con el propósito de salvaguardar los principios de legalidad y equidad en la contienda”.
“Por tanto, el pleno, con el voto en contra de la magistrada Janine Otálora Malassis y concurrente del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, así como la ausencia justificada de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, confirmó el acuerdo impugnado”, finalizó el comunicado que emitió el tribunal.

Y es que conviene recordar que el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y el diputado de Movimiento Ciudadano (MC), Jorge Álvarez Máynez, presentaron quejas contra la organización del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña.
Aunque el partido guinda y el representante emecista solicitaron medidas cautelares contra la alianza opositora, la comisión del INE negó dicha petición concedió medidas de tutela preventiva en donde se obligó a los tres partidos a ajustar su actuación a los límites y parámetros que marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
No obstante, la parte denunciante quedó inconforme con la decisión que tomó la comisión encargada al interior de la autoridad electoral, al considerar que eran insuficientes, por lo que acudieron al Tribunal Electoral para buscar una nueva perspectiva.
INE dictó tutela preventiva al Frente Amplio por México

Fue el pasado 6 de julio cuando la Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió emitir una medida cautelar contra el Frente Amplio por México, al considerar que el correcto incumplimiento de la Constitución podría afectar el principio de equidad al Proceso Electoral Federal de 2024.
¿Qué medidas debe acatar el bloque opositor?
- Los discursos y mensajes que realicen NO deberán contener directa y explícitamente llamados expresos al voto en contra o a favor de persona o fuerza política alguna.
- Los actos que realicen las personas involucradas NO deben tener como objetivo obtener el respaldo para ser postuladas como precandidatas a un cargo de elección popular.
- La propaganda que, en el caso, se exponga en los actos que se realicen NO debe tener el propósito de dar a conocer propuestas relacionadas con alguna aspiración de carácter electoral; debe de dejarse en claro que se trata del “proceso de selección del Responsable para la Construcción del Frente Amplio por México.
- En NINGÚN MOMENTO deberán presentar plataforma de un partido político o coalición o promover a una persona para obtener una precandidatura o candidatura para contender en algún proceso de carácter electoral.
- NO deberán realizar manifestaciones explícitas o inequívocas respecto a una finalidad electoral, esto es, que se llame a votar a favor o en contra de una precandidatura o candidatura o partido político.
- NO podrán utilizar prerrogativas de acciones a tiempos de radio y televisión para dar difusión al proceso de selección del o la responsable del Frente Amplio por México o de las personas que participen en el mismo.
- Todas las personas que participen como aspirantes al Frente Amplio por México DEBERÁN PROPORCIONAR al INE, de manera semana, un calendario que deberá contener los recorridos de trabajo y actividades programadas.
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