
A partir del 1 de abril, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) se verá obligado a suspender las reuniones de su pleno, esto porque se quedará sin quórum para sesionar a falta de comisionados, ya que el Senado de la República no realizó los nombramientos de comisionados a tiempo.
El Senado de la República es el organismo obligado a entregar los nombramientos de las y los integrantes del pleno del Inai, organismo integrado por siete comisionados; sin embargo, la Cámara Alta —que tenía hasta este jueves 30 de marzo la obligación de entregar dichos nombramientos para no afectar la operativa del pleno— no entregó a tiempo las dos designaciones que tenía pendiente.
Para entender el trasfondo de este caso, es necesario ampliar la perspectiva de lo ocurrido por no materializar el nombramiento de comisionado y comisionada. En primer lugar, se debe de entender que por diseño constitucional, el pleno del Inai debería de estar conformado por siete comisionados (seis generales y alguien que presida); sin embargo, desde hace meses, el Inai opera solamente con cinco, es decir, dos menos (cuatro generales y una presidenta).
Además, el viernes 31 de marzo termina el periodo constitucional de un comisionado más (Francisco Javier Acuña Llamas), con lo cual el instituto se quedaría con cuatro comisionados, de tal modo que se eliminaría el quórum legal necesario para sesionar y poder ejecutar sus funciones.
Como contexto reciente, se recuerda que el Senado eligió a dos comisionados el pasado 1 de marzo; sin embargo, uno de ellos fue el segundo peor evaluado (de 48 aspirantes), motivo por el cual el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) promovió el veto de esa terna, con lo cual la Cámara Alta debió de votar por una nueva; no obstante, el legislativo no lo hizo, por lo que el Inai quedó mutilado.
El veto promovido por el presidente López Obrador contra la primera terna integrada por Ana Yadira Alarcón Márquez y Rafael Luna Alviso radica en que Luna obtuvo una de las peores evaluaciones y, sin embargo, fue elegido por el Senado. Se destaca que esto fue condenado tanto por integrantes del Partido Acción Nacional (PAN) como por Movimiento Regeneración Nacional (Morena). Por ejemplo, César Cravioto, senador del partido guinda, quien recalcó la pésima evaluación del aspirante.

Entonces, la promoción del veto presidencial puso en aprietos al Inai, pues el pleno si no cuenta por lo menos con cinco integrantes, no puede entrar en sesión, por lo que entran en crisis las responsabilidades exclusivas de éste: expedir lineamientos y criterios que regulen la protección de datos personales, resolver los recursos de revisión que las personas interpongan en su materia, proponer sanciones a quienes no cumplan con sus resoluciones, entre otras.
Fue por ello que el Inai acudió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para promover una controversia constitucional, ya que muy probablemente se quedaría sin quórum en su pleno, poniendo en riesgo las funciones principales del Instituto y la garantía de acceso a la información de la ciudadanía.
Finalmente, aún no se resuelve ni la controversia ni la designación, por lo que, hasta que no exista certeza, el Inai no tendrá facultades para que sesione.
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