
La Corte Suprema de Justicia rechazó el último recurso presentado por la defensa de Alejandro Pavese, uno de los cuatro mecánicos municipales de Villa Carlos Paz condenados por atacar sexualmente a un joven compañero de trabajo de 18 años. Con esta resolución, el máximo tribunal del país ratificó la pena de cinco años y cuatro meses de prisión para el operario, quien participó en las agresiones ocurridas dentro de un taller estatal.
Los hechos delictivos sucedieron entre diciembre de 2015 y febrero de 2016 en el establecimiento de mantenimiento de vehículos oficiales de la Municipalidad de Villa Carlos Paz, ubicado en la intersección de las calles Alfonsina Storni y Los Ceibos. La víctima acababa de ingresar a trabajar en el lugar cuando comenzó a sufrir un sistemático acoso por parte de sus compañeros, quienes aprovecharon su situación de vulnerabilidad e inferioridad jerárquica.
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La investigación judicial determinó que los abusos se desarrollaron en tres episodios de gravedad. El primer suceso ocurrió a finales de 2015, durante un momento en que los empleados compartían mates. En esa ocasión, uno de los imputados realizó tocamientos no consentidos sobre el cuerpo del joven, vulnerando así su libertad sexual.
Semanas después, el 20 de enero de 2016, las burlas se incrementaron. Los cuatro acusados planificaron de manera conjunta un ataque físico contra la integridad sexual del damnificado mientras este se encontraba en su horario de descanso.
El tercer acontecimiento tuvo lugar el 10 de febrero de ese mismo año. En este episodio intervinieron tres de los operarios, quienes perpetraron un abuso sexual con acceso carnal. El ataque, que según la instrucción de la causa fue registrado a través de teléfonos celulares, finalizó cuando el damnificado logró zafarse de sus agresores, escapó corriendo del predio y huyó a bordo de su auto. Tras la denuncia penal, los atacantes manifestaron intenciones de “vengarse” de la víctima.
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En el año 2023, el juez Enrique Buteler, integrante de la Cámara Sexta del Crimen de Córdoba, dictó las sentencias de manera unipersonal. El magistrado encuadró los hechos bajo la figura de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el severo daño ocasionado a la salud mental del denunciante.
El tribunal impuso una pena de seis años de cárcel para Lucas López. Por su parte, Daniel Pedano y Gonzalo Benjamín Cabrera recibieron una sanción de cinco años y seis meses de prisión.
Finalmente, Alejandro Pavese resultó condenado a cinco años y cuatro meses de prisión. El fallo de la Corte Suprema firmado este jueves solamente alcanza a este involucrado.
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Durante el proceso judicial, las pericias psicológicas oficiales determinaron que el joven sufrió un cuadro de estrés postraumático irreversible. La psicóloga oficial detalló en sus informes que las secuelas psíquicas y somáticas derivadas de los ultrajes requirieron asistencia psiquiátrica y psicológica continua, impidiendo una recuperación total del damnificado.
Además de las sanciones penales a los autores materiales, la justicia ordenó a la Municipalidad de Villa Carlos Paz el pago de una indemnización de 14 millones de pesos a favor de la víctima. Esta compensación económica se estableció para cubrir el daño moral provocado, así como los gastos médicos derivados de los tratamientos de salud mental pasados y futuros que el joven debió y deberá afrontar.
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La defensa de Pavese intentó revertir el fallo mediante sucesivas apelaciones. El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba rechazó el recurso de casación el año pasado, por lo que los abogados acudieron directamente a la Corte Suprema de la Nación. Sin embargo, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron por unanimidad el planteo al considerarlo inadmisible, decisión que agotó las posibilidades de revisión judicial del fallo para el imputado.
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