Agravaron las penas por un caso de corrupción en Corrientes, pero un exjuez condenado aspira a ser absuelto por incapacidad

El exmagistrado Carlos Soto Dávila argumenta que no está en condiciones de salud para afrontar los procesos judiciales en su contra. Exfuncionarios de su Juzgado y abogados recibieron condenas más severas por facilitarle fallos favorables a narcotraficantes

 Carlos Vicente Soto Dávila, ex titular del Juzgado Federal N° 1 de Corrientes
Carlos Vicente Soto Dávila, ex titular del Juzgado Federal N° 1 de Corrientes
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El Tribunal Oral Federal de Corrientes readecuó las condenas para ocho personas implicadas en una red de corrupción que operó en el Juzgado Federal N° 1 de esa ciudad. La resolución judicial ocurrió luego de que la Cámara Federal de Casación Penal revocara las absoluciones previas por el delito de asociación ilícita y agravara la calificación legal de los involucrados. Sin embargo, el principal acusado y exlíder de la organización, el exjuez Carlos Vicente Soto Dávila, evitó temporalmente la imposición de su nueva pena debido a un planteo de salud, al mismo tiempo que se acerca a un nuevo juicio por el robo de automóviles incautados.

La investigación judicial demostró que durante años funcionó una organización criminal coordinada por funcionarios públicos y abogados particulares. Este grupo solicitaba sumas de dinero a personas investigadas por narcotráfico a cambio de otorgarles resoluciones favorables, tales como exenciones de prisión, libertades o procesamientos por delitos menores.

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La Sala IV de la Cámara de Casación determinó a fines de 2024 que el exjuez Soto Dávila se desempeñó como jefe de esta asociación ilícita. Los camaristas señalaron que la estructura delictiva aprovechó la jerarquía del magistrado para emitir los fallos espurios y escindir los expedientes bajo “arreglo” de aquellos que recibían un trámite legal, evitando así ser descubiertos.

En la audiencia de determinación de penas, el tribunal integrado por los jueces Juan Manuel Iglesias, Simón Bracco y Fabián Cardozo fijó los nuevos montos de detención:

  • Pablo Carlos Molina (exsecretario judicial): Recibió una condena de 9 años y 6 meses de prisión e inhabilitación absoluta perpetua. Se lo consideró miembro de la asociación ilícita y partícipe necesario en cinco hechos de cohecho pasivo agravado en concurso con prevaricato. Anteriormente, su pena era de 5 años.
  • Federico Alberto Grau (secretario judicial): 6 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial perpetua, por considerarlo responsable del delito de asociación ilícita, en concurso real con el delito de cohecho pasivo agravado, el cual concurre a su vez en forma ideal con el de prevaricato. En el juicio, había sido condenado a 4 años de prisión.
  • Duylio Horacio Barboza Galeano (abogado): Fue sentenciado a 4 años y 6 meses de cárcel por integrar la banda y actuar como coautor de cohecho activo agravado en tres oportunidades. Su sanción previa era de 2 años.
  • Gregorio Humberto Giménez (abogado): Recibió 3 años y 6 meses de prisión por asociación ilícita y coautoría de cohecho activo agravado.
  • Tomás Alfredo Viglione (abogado): Fue condenado a 3 años y 6 meses de prisión bajo la misma calificación de miembro de la banda y coautor de cohecho activo.
  • Jorge Ricardo Vallejos (abogado): Recibió una pena de 3 años y 6 meses de prisión por integrar la organización criminal. Su condena anterior era de 2 años.
  • Omar Antonio Serial (abogado): Se le impuso una pena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso por cohecho activo agravado.
  • Juan Manuel Faraone (exintendente de Empedrado): Fue condenado a 2 años de prisión en suspenso por cohecho activo agravado.

Durante el debate, los fiscales Carlos Schaefer, Diego Iglesias y Martín Uriona requirieron penas de hasta 11 años de prisión, tras analizar las circunstancias agravantes de los hechos.

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Soto Dávila, entre la incapacidad y un nuevo juicio

A pesar de las condenas dictadas a sus antiguos colaboradores, la situación procesal de Carlos Soto Dávila quedó en suspenso. Su defensa técnica presentó un planteo de incapacidad sobreviniente, argumentando que el exmagistrado no se encuentra en condiciones de afrontar la audiencia de cesura.

Por este motivo, el tribunal postergó la fijación de su pena hasta que se resuelva definitivamente dicho recurso médico-legal. El Ministerio Público Fiscal rechazó esta postura y solicitó que el exjuez fuera convocado de igual manera para responder por los delitos de jefatura de asociación ilícita, cohecho pasivo y prevaricato.

Casación caso Soto Dávila
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal agravó la sentencia contra la organización

De forma paralela, el exmagistrado sumó otra complicación en los tribunales federales. La Cámara Federal de Corrientes confirmó la elevación a juicio de otra causa penal. En este expediente, se investiga a Soto Dávila, al exsecretario Molina y a otros imputados por los delitos de falsificación de documentos públicos, malversación de caudales públicos y prevaricato.

La acusación en este segundo caso sostiene que, entre abril y noviembre de 2016, los procesados participaron en maniobras ilícitas para sustraer de la custodia judicial varios vehículos automotores que habían sido secuestrados en causas de narcotráfico y que debían ser decomisados por el Estado. Con estas acciones, los funcionarios habrían afectado la potestad estatal de incorporar dichos bienes al patrimonio público.

En el marco de esta segunda investigación por la sustracción de vehículos, la fiscalía y las defensas de los imputados Pablo Molina, Zacarías Issolio y Roni Tunik presentaron un acuerdo de juicio abreviado ante el Tribunal Oral Federal de Corrientes. El pacto proponía condenar a Molina y Tunik, y dictar el sobreseimiento de Issolio por el beneficio de la duda.

Sin embargo, el juez Simón Bracco, con la adhesión de los magistrados Eduardo Belforte y Ruth Ponce de León, rechazó la homologación de dicho acuerdo. El tribunal consideró que la petición de sobreseimiento por duda carecía de fundamentos objetivos y que la gravedad de los hechos bajo análisis exige la realización de un debate oral y público para esclarecer lo sucedido. En consecuencia, los jueces ordenaron remitir las actuaciones a la Cámara de Casación para que designe un nuevo tribunal que juzgue a los acusados mediante el procedimiento común.

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