Condenaron a Facundo Jones Huala a cinco años y dos meses de prisión por imponer sus ideas mediante la violencia

El líder de la Revolución Ancestral Mapuche admitió el delito para acceder a un juicio abreviado y recibir una pena reducida. El acuerdo entre el acusado, la fiscalía y la querella fue homologado por el juez federal de Bariloche

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El líder mapuche Facundo Jones Huala es escoltado por la policía militar dentro de una sala del tribunal, en Valdivia, Chile (Miguel Angel Bustos, vía AP)
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El juez federal de Bariloche Leandro Gómez Constenla convalidó el acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre las partes y dictó así una condena de cinco años y dos meses de prisión efectiva al líder mapuche Facundo Jones Huala, por el delito de imponer ideas mediante la fuerza o la intimidación.

El referente de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) admitió la culpabilidad de los hechos para acceder a una pena reducida.

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La definición de la condena ocurrió luego de negociaciones legales entre la fiscalía que investigó a Jones Huala, la querella de la provincia de Río Negro y la defensa del acusado. Durante las conversaciones, las partes consensuaron modificar la calificación legal inicial por una figura de menor gravedad.

En un principio, los investigadores intentaron encuadrar el comportamiento del imputado bajo las previsiones del artículo 210 bis del Código Penal. Dicha norma sanciona la conformación de asociaciones ilícitas destinadas a cometer delitos contra el orden constitucional.

Sin embargo, las partes descartaron esa tipificación y optaron por aplicar el artículo 213 bis de la legislación penal. Este encuadre castiga a los sujetos que organizan o participan en agrupaciones cuyo fin es imponer ideas o combatir las ajenas mediante el uso de la fuerza o la intimidación.

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Facundo Jones Huala en los tribunales chilenos
Facundo Jones Huala en los tribunales chilenos

El activista aceptó su culpabilidad en los hechos imputados, que incluyeron la conducción de la RAM y la comisión del delito de apología del crimen. El acuerdo definitivo contó con el aval del fiscal Gabriel González Da Silva, la Fiscalía de Estado rionegrina, la defensa técnica y el propio imputado.

El cómputo de la detención

Facundo Jones Huala quedó detenido el 6 de junio de 2025 en la localidad de El Bolsón, poco después de encabezar la presentación de una obra literaria en Bariloche. Desde aquel momento, permaneció bajo el régimen de prisión preventiva, una medida cautelar que el juzgado prorrogó de forma trimestral debido a la complejidad declarada de la causa. El último traslado del dirigente se produjo desde el establecimiento penitenciario de Rawson hacia la Unidad 14 de Esquel, donde se encuentra alojado actualmente.

Al tomar como punto de partida el arresto de junio de 2025, el cumplimiento total de la pena de cinco años y dos meses completará en agosto de 2030.

La resolución del juez Gómez Constenla también declaró al condenado como reincidente. Esta condición jurídica se fundamentó en una sentencia previa dictada en diciembre de 2018 por el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia, en la República de Chile.

En aquella oportunidad, la justicia del país trasandino le impuso una pena privativa de la libertad por su responsabilidad en el incendio de una vivienda en el fundo Pisu Pisué y por la tenencia ilegal de armas de fuego. La declaración de reincidencia impide que el líder mapuche acceda al beneficio de la libertad condicional, por lo que deberá completar la totalidad del tiempo de reclusión en la cárcel.

El recorrido de la organización

La RAM, conducida por el sentenciado, ingresó en febrero de 2025 al Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), un listado que funciona bajo la órbita del Ministerio de Seguridad de la Nación. Los informes de la fiscalía determinaron que el imputado formó parte de esta estructura desde el año 2011 con el propósito de infundir temor en los habitantes de la región patagónica.

Facundo Jones Huala, el mapuche condenado
Facundo Jones Huala, el mapuche condenado

Durante el desarrollo de la pesquisa, los funcionarios judiciales recabaron pruebas sobre el funcionamiento de la organización y analizaron posibles vinculaciones operativas con la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), una entidad que realiza actividades en territorio chileno. A pesar de la gravedad de las hipótesis iniciales, el convenio homologado por el magistrado federal limitó la responsabilidad penal a la dirección de la RAM y a la imposición de ideas por vías violentas, lo que permitió clausurar el expediente de manera definitiva.

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