
La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme, por ahora, la decisión que ordenó revisar el planteo de prescripción formulado por Guillermo Moreno y Beatriz Paglieri en la causa por presuntas irregularidades en el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
En rigor, los jueces de la Sala II declararon inadmisible el recurso extraordinario presentado por el Ministerio Público Fiscal contra la resolución que había dispuesto devolver el expediente al Tribunal Oral Federal 2 para que dicte un nuevo pronunciamiento sobre si la acción penal está prescripta.
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El planteo fiscal cuestionó el fallo que hizo lugar a los recursos de las defensas y ordenó revisar la decisión que había rechazado la prescripción.
Los camaristas Alejandro Slokar y Mariano Borinsky entendieron que el recurso de la fiscalía no cumplía con los requisitos exigidos por la ley ni por la reglamentación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El juez Diego Barroetaveña no emitió un tercer voto por existir coincidencia entre sus colegas.
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Con esta decisión, el TOF 2 deberá dictar un nuevo pronunciamiento sobre la prescripción, una cuestión que podría incidir sobre las condenas a tres años de prisión en suspenso que recibieron Moreno y Paglieri como autores de abuso de autoridad en concurso ideal con destrucción e inutilización de registros públicos.
La prescripción
La discusión se centra en el tiempo transcurrido entre la citación a juicio, dispuesta el 27 de mayo de 2019, y la sentencia dictada el 7 de agosto de 2024. Las defensas sostuvieron que ese lapso superó el máximo de cuatro años previsto para los delitos imputados.
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El tribunal oral había rechazado la prescripción porque consideró suspendido el curso del plazo durante ese período. Para ello tuvo en cuenta que una de las imputadas, Marcela Lucía Filia, continuaba contratada por el INDEC, circunstancia que interpretó como suficiente para aplicar la causal de suspensión prevista para delitos cometidos en el ejercicio de la función pública.
Para las defensas, su permanencia como empleada contratada no podía justificar la suspensión sin demostrar que sus tareas le permitían influir sobre la investigación.
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal entendió que el tribunal de juicio no había explicado qué cargo ocupaba Filia ni cuáles eran sus funciones concretas dentro del organismo.
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También observó que, al fundamentar su absolución, el propio tribunal había reconocido que no estaba claro para qué había sido contratada ni qué tareas desempeñaba, más allá de referencias generales contenidas en contratos de locación de servicios.
Por su parte, Slokar sostuvo que la suspensión de la prescripción no alcanza a cualquier empleo estatal. La causal exige que la jerarquía o cercanía con el poder permita suponer una posibilidad real de interferir en el avance del expediente.
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Borinsky coincidió en que la aplicación de esa causal requiere un análisis individual de la capacidad concreta de influencia de quien ocupa un cargo público. Ante la falta de fundamentos sobre la situación de Filia, consideró que la cuestión debía volver a ser examinada.
Filia fue absuelta en la sentencia de 2024 y esa decisión quedó firme porque la fiscalía no la recurrió.
El caso
En esta causa se investigó la manipulación de los datos del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC entre 2006 y 2007, en particular durante el último semestre de ese año.
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La pesquisa apuntó a la intervención sobre el trabajo técnico del organismo encargado de medir la inflación y a la destrucción o inutilización de registros públicos vinculados con esa tarea.
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