
En pocos años, la discusión ya no será si la inteligencia artificial puede asistir a jueces, sino hasta dónde estamos dispuestos a aceptar que intervenga directamente en decisiones que afectan patrimonio, contratos, propiedad y derechos. La tecnología ya ingresó en la vida judicial, empresarial y profesional. El verdadero debate es si estamos preparados para regularla y permitir que, en determinados conflictos simples, ofrezca soluciones en minutos allí donde hoy el sistema tarda años.
La inteligencia artificial en la Justicia suele presentarse bajo palabras seductoras: modernización, rapidez, eficiencia. Nadie discute que el sistema judicial necesita mejorar tiempos y ordenar procesos. El problema aparece cuando el debate se vuelve hipócrita: todos la utilizan, pero pocos lo reconocen con transparencia.
En el ámbito corporativo, cada vez más estructuras de decisión incorporan sistemas de inteligencia artificial para evaluar escenarios, proyectar riesgos y asistir deliberaciones complejas. En el plano jurídico ocurre algo similar: estudios, tribunales, organismos públicos y equipos técnicos ya la consultan de manera cotidiana. Negarla no la elimina. La discusión real debería centrarse en cómo transparentarla, regularla y aprovecharla sin sacrificar garantías.
El escenario más probable no es un juez reemplazado por una máquina, sino un juez híbrido: magistrados que se apoyan cada vez más en sistemas capaces de clasificar pruebas, detectar patrones y sugerir resoluciones. Allí aparece el dilema central: cuándo la asistencia deja de ser apoyo y empieza a transformarse en influencia.
En Argentina, además, el debate tiene una particularidad poco explicitada: algunos jueces ya utilizan herramientas de inteligencia artificial, aunque muchas veces sin decirlo abiertamente. Y eso no es necesariamente negativo. Si la herramienta está auditada, bajo control humano y sujeta a supervisión, puede ser una mejora legítima.
Pero quizá el debate más desafiante no sea sólo transparentar el uso actual por parte de jueces humanos, sino animarnos a discutir una instancia más avanzada: si determinados conflictos de baja complejidad podrían resolverse directamente mediante sistemas automatizados, siempre que las partes lo acepten voluntariamente y exista revisión judicial posterior.
En materias de menor litigiosidad —como conflictos de consumo, multas, alquileres, reclamos contractuales simples, ejecuciones de expensas o controversias documentales repetitivas— podría pensarse en mecanismos de resolución algorítmica inmediata, equivalentes a una suerte de laudo digital rápido.
Incluso podría avanzarse un paso más en materia contractual. Sobre la base del principio de autonomía de la voluntad, las partes podrían pactar en determinados contratos privados que, ante un conflicto futuro, la controversia sea resuelta mediante un sistema de laudo automatizado basado en inteligencia artificial, dentro de parámetros previamente definidos y aceptados. La intervención judicial quedaría reservada a la ejecución o revisión excepcional del resultado.
Ese esquema podría aplicarse en contratos de alquiler, suministros, locaciones comerciales, prestación de servicios e incluso boletos de compraventa inmobiliaria, donde muchas controversias giran sobre extremos documentales fácilmente verificables. La ventaja es evidente: quien contrata de buena fe sabe desde el inicio que, si surge un conflicto, no quedará atrapado durante años en litigios interminables. También introduce un incentivo de transparencia: quien se niega injustificadamente a aceptar mecanismos rápidos y objetivos de resolución probablemente revele menor vocación de cumplimiento.
Así como hoy las partes pactan arbitraje privado, mañana podrían pactar arbitraje algorítmico. No sería una renuncia a la Justicia, sino una evolución tecnológica de mecanismos ya admitidos.
En ese esquema, el abogado seguirá siendo una pieza central del sistema: no sólo para redactar y validar cláusulas de resolución automatizada, sino para diseñar parámetros jurídicos, auditar eventuales sesgos y garantizar que la tecnología opere dentro de límites compatibles con el debido proceso. Lejos de desaparecer, su función se vuelve más estratégica allí donde innovación y seguridad jurídica deben convivir.
Un caso paradigmático es el de los desalojos, una problemática que genera enorme indignación social y afecta directamente la seguridad jurídica. En Argentina, un desalojo puede tardar años aun cuando muchas veces el conflicto se reduce a extremos objetivamente verificables: acreditar titularidad, constatar contrato, verificar incumplimientos claros y aplicar cláusulas pactadas. Esa demora destruye valor económico, desalienta inversiones y erosiona la confianza en el sistema.
Si existe tecnología capaz de verificar documentación, contrastar datos y aplicar parámetros normativos en tiempo real, resulta legítimo preguntarse por qué un conflicto de esta naturaleza no podría recibir una resolución preliminar en minutos —e incluso resolverse en el mismo día bajo supervisión judicial— en lugar de quedar atrapado durante años.
La resistencia frente a esta discusión muchas veces no es tecnológica, sino cultural: seguimos aceptando demoras absurdas como inevitables, cuando en realidad responden a estructuras que el tiempo volvió obsoletas.
No se trata de una fantasía futurista. Países como Estonia ya desarrollaron sistemas de resolución digital automatizada para conflictos menores, demostrando que el debate dejó de ser teórico.
Así como hace falta discutir leyes especiales que agilicen procesos como el desalojo, también debemos preguntarnos por qué no usar tecnología que permita hacerlo con mayor velocidad, menor costo y mayor previsibilidad. La lentitud judicial no sólo afecta derechos individuales: impacta también en inversión, crédito, mercado inmobiliario y competitividad económica.
La incorporación seria de inteligencia artificial en la Justicia exige algo más que software: requiere diseño regulatorio, gobernanza tecnológica y marcos jurídicos capaces de armonizar innovación con garantías constitucionales. Todo sistema automatizado requerirá auditoría, trazabilidad y posibilidad real de revisión judicial frente a errores o sesgos.
La justicia que llega tarde deja de ser justicia. Frente a un sistema sobrecargado, la pregunta ya no debería ser si conviene explorar nuevas herramientas, sino por qué no aprovechar aquello que la tecnología puede aportar para mejorar tiempos, calidad de respuesta y acceso efectivo a soluciones más rápidas.
La inteligencia artificial no viene a sustituir jueces ni abogados, sino a ofrecer instrumentos que, bien regulados, pueden fortalecer el funcionamiento del sistema judicial en beneficio de todos: magistrados, profesionales y, sobre todo, los justiciables. El verdadero desafío no es resistir el cambio, sino integrarlo con inteligencia y responsabilidad.
El autor es abogado. Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales. Posgrado en Derecho Procesal Penal profundizado
X: @jorgemonasOK
Instagram: JorgeMonastersky
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