
El juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Carlos Rosenkrantz se refirió este domingo a las obligaciones éticas y los límites institucionales que rigen al máximo tribunal del país. A través de un comunicado, el magistrado estableció que la función de juzgar no debe confundirse con la persecución de objetivos políticos o agendas temáticas predeterminadas.
A través de un comunicado, Rosenkrantz sostuvo que concebir su trabajo como una tarea que tiene “la mira puesta en los casos de corrupción” resulta una premisa equivocada que “no representa en modo alguno la manera en que concibo mi labor jurisdiccional”.
En su exposición, destinada a responder a afirmaciones que se hicieron en un artículo publicado este domingo en un matutino, el magistrado hizo hincapié en la neutralidad como el eje rector de su desempeño. Para él, actuar con preferencias o enconos hacia figuras públicas destruiría la esencia misma del sistema legal.
Al respecto, Rosenkrantz utilizó una definición contundente para ilustrar su postura frente a la sociedad: “El deber de imparcialidad, la virtud institucional cardinal de la judicatura, impide que me conduzca en los términos consignados”, en referencia a lo expresado en la publicación. De este modo, explicó que no es tarea de los miembros de la Corte impulsar procesos por voluntad propia ni acelerar expedientes de alto perfil mediático, como la causa “Cuadernos”, basándose en intereses ajenos a la ley.
Otro punto central del comunicado giró en torno a los tiempos procesales. Rosenkrantz aclaró que el tribunal supremo no posee la facultad discrecional de “encaminar los juicios contra Cristina” Kirchner ni de decidir arbitrariamente cuándo se mueven esos expedientes en la etapa presente.
Detalló que el avance de esos litigios “depende, en el estado actual en que se encuentran, únicamente de las decisiones de los jueces de grado competentes y de los tribunales superiores que sobre ellos ejercen la superintendencia”.
Estas definiciones conceptuales surgieron como respuesta a una publicación que atribuyó a la Corte intenciones de intervenir políticamente y “rematar sus bienes por internet” (los de CFK) durante el año 2026.
El juez aprovechó la oportunidad para desvincularse de esas aseveraciones y aseguró desconocer la fuente de tal información. Sin embargo, validó un único dato mencionado en aquel texto como una preocupación institucional real. Admitió que, “excepto por el hecho de que efectivamente me preocupan las vacantes existentes, no suscribo ninguna de las otras afirmaciones”.
La Corte, con récord de fallos en 2025
Según las estadísticas oficiales difundidas por el máximo tribunal, este año se dictaron cerca de 15.700 sentencias y se resolvieron alrededor de 28.900 expedientes. Este volumen de trabajo responde a un contexto de alta litigiosidad que presiona sobre la instancia final del sistema legal argentino.
Para dimensionar el crecimiento operativo, basta contrastar los números actuales con los períodos previos. En 2022, la Corte emitió poco más de 8.000 fallos, cifra que ascendió a 10.000 al año siguiente y trepó hasta los 12.500 en 2024.
El ritmo actual implica un promedio semanal de 600 resoluciones firmadas en cada acuerdo de ministros, marcando una aceleración notable frente a los registros históricos.

Este aumento en la eficiencia no fue casual, sino producto de una reorganización interna profunda. Se revisaron los procedimientos de trabajo involucrando activamente a secretarías y equipos técnicos para reducir los tiempos de tramitación.
Asimismo, la modernización tecnológica jugó un papel crucial: se profundizó el uso del expediente digital y se implementaron subastas electrónicas para agilizar las etapas de ejecución. Además, en abril se lanzó el portal “Justicia.Ar”, una plataforma de datos abiertos que ya supera los 200.000 usuarios.
El organismo, que tiene competencia originaria en conflictos entre provincias y actúa como intérprete último de la Constitución Nacional, enfrenta estos desafíos con una integración reducida. Tras la jubilación de Juan Carlos Maqueda, el estrado quedó conformado únicamente por tres jueces: Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, pese a que la normativa vigente estipula una composición de cinco miembros para su pleno funcionamiento.
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